Alto Larán,
28 de Mayo de 2014.
El Concejo Municipal de la Municipalidad del Distrito de
Alto Larán; y
POR
CUANTO: El
Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 27 de Mayo del presente año,
previo debate y por unanimidad aprobó la emisión de la Ordenanza Municipal que
aprueba los instrumentos de gestión: Manual de Organización y Funciones-MOF,
Reglamento de Organización y Funciones-ROF
y Organigrama de la Municipalidad Distrital de Alto Larán; y
CONSIDERANDO:
Que,
de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política
del Estado en armonía con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N°
27972 –Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de
autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, radicando esta autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno,
administrativos y de administración;
Que,
el Numeral 2) del Artículo 9° del mismo cuerpo legal, establece que corresponde
al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interna y del
funcionamiento del gobierno local; y conforme a lo establecido en el Artículo
40°, las ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la
estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización
interna;
Que,
mediante el Artículo 5° del Decreto Supremo 043-2006-PCM, se aprueba los
lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y
Funciones - ROF, por parte de las entidades de la Administración Pública,
definiendo a dicho instrumento de gestión, como el documento normativo de
gestión institucional que formaliza la estructura orgánica de la entidad
orientada al esfuerzo institucional y al logro de su misión, visión y objetivos.
Contiene las funciones generales de la entidad y las funciones específicas de
los órganos y unidades orgánicas y establece sus relaciones y responsabilidades;
Que,
el Manual de Organización y Funciones-MOF, es el documento que promueve las
funciones específicas de los cargos comprendidos en las unidades orgánicas de
la Municipalidad, asignándoles las competencias funcionales a cada uno de los
puestos de trabajo, definiendo las líneas de autoridad, relaciones de
coordinación y grado de responsabilidad; así como, es la base para establecer
los cargos que se considerarán en el Cuadro de Asignación de Personal – CAP, documento
de gestión institucional que contiene los cargos clasificados de la entidad en
base a la estructura orgánica vigente prevista en el ROF, según el Art. 8° del
Decreto Supremo 043-2004-PCM;
Que,
el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº
018-2007-PCM, aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del
Reglamento de Organización y Funciones – ROF de las entidades de la
administración pública y el D.S. Nº 074- 95-PCM, que aprueba los lineamientos
técnicos para la aprobación del Manual de Organización y Funciones – MOF, que
son de responsabilidad exclusiva de cada entidad del sector público; y,
Que,
el Artículo 26º la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que
la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en
principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente
y posterior. Se rige por los principios de la legalidad, economía, transparencia,
simplicidad, eficacia, eficiencia, participación y seguridad ciudadana, y por
los contenidos en la Ley Nº 27444;
Que,
la organización debe ser diseñada para obtener en la mejor forma posible los
objetivos estratégicos; debiendo ajustarse la estructura de la organización a
los requerimientos estratégicos de la institución, facilitar el desarrollo de
las actividades operativas de la municipalidad, el fortalecimiento de la cultura
organizacional, de la productividad y el desarrollo del trabajo de las personas
en un clima de armonía y cooperación;
Que,
se ha cumplido con formular el correspondiente Organigrama Estructural de la
Municipalidad, Reglamento de Organización y Funciones – ROF y el Manual de
Organización y funciones – MOF, en estricta observancia a las normas y
procedimientos establecidos sobre los Lineamientos Técnicos para Formular los
Documentos de Gestión en un Marco de Modernización Administrativa;
Que,
la propuesta presentada por la Unidad de Planificación y Presupuesto ha sido
evaluada en coordinación con las áreas correspondientes, a fin de crear una
nueva estructura enmarcado en el desarrollo moderno y eficiente, haciendo
competentes los sistemas de gestión municipal y administrativas, bajo un
principio permanente de cambio e innovación, para hacer realidad el bienestar
de la comunidad; contándose con la opinión favorable de Asesoría Legal con
Informe Nº 071-2014-MDAL/ALE,
Por
tanto, en uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades, con el voto Unánime de los Señores Regidores, en Sesión
Ordinaria de fecha 27 de Mayo de 2014; y
con dispensa del trámite de lectura de acta, el Concejo Municipal ha aprobado
la siguiente:
ORDENANZA
MUNICIPAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE ALTO LARAN, EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF Y EL
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – MOF
ARTICULO
PRIMERO.- APROBAR la NUEVA
ESTRUCTURA ORGÁNICA y el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) de
la Municipalidad Distrital de Alto Larán, que consta de VII Títulos, 149
Artículos, VII Capítulos, 02 Disposiciones Complementarias, 03 Disposiciones
Transitorias y 01 Disposición Final, los mismos que forman parte integrante de
la presente Ordenanza.
ARTICULO
SEGUNDO.-APROBAR el MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y UNCIONES
(MOF), el mismo que consta de IV Títulos y IV Capítulos, el cual forma
parte integrante de la presente Ordenanza.
ARTÍCULO
TERCERO.-ENCARGAR a la
Gerencia Municipal y a la Gerencia de Planificación y Presupuesto el
cumplimiento de la presente Ordenanza, la misma que entrara en vigencia al día
siguiente de su publicación tal como lo dispone el Art. 44° de la Ley N° 27972
– Ley Orgánica de la Municipalidades, dejándose constancia que la
implementación de los documentos de gestión institucional aprobados, será en
forma gradual, conforme a las necesidades estructurales y cobertura y la
disponibilidad presupuestaria correspondiente, sin perjuicio de la estructura
orgánica actual.
ARTÍCULO
CUARTO.-DERÓGUESE toda disposición que se oponga a
la presente Ordenanza Municipal.
ARTÍCULO
QUINTO.-PUBLICAR los documentos aprobados con la
presente Ordenanza Municipal en la página Web de la Municipalidad Distrital de
Alto Larán.
REGÍSTRESE,
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, CÚMPLASE Y ARCHÍVESE
Ana M. Sotteccani Altamirano
Alcaldesa