Chincha Alta, 30 de
Enero del 2014
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE CHINCHA
POR CUANTO:
El Concejo Provincial de
Chincha en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 24 de Enero del 2014.
VISTO:
El Informe Nº
001-2014-GM/MPCH, de fecha 02 de Enero del 2014, de la Gerencia Municipal; sobre
priorizar el proyecto denominado “Ampliación del Sistema de Seguridad Ciudadana
en el Distrito de Chincha Alta, Provincia de Chincha – Ica”, con Código SNIP.
Nº 219174.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al
Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº
27680, se establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son
órganos de gobierno local. Éstos tienen autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia, concordante con la Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley Nº 27972.
Que, el Acuerdo de
Concejo, es la norma que contiene las decisiones que toma el Concejo, mediante
el cual regula asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional,
que expresa la voluntad del órgano de Gobierno para practicar un determinado
acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, como se establece en el
Artículo N° 41 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
Que, a través de la Ley
N° 29230 “Ley que Impulsa la Inversión Pública
Regional y Local con participación del sector privado”, establece el
marco normativo para que las empresas privadas suscriban convenios con los gobiernos
regionales y/o locales, para financiar y/o ejecutar proyectos de inversión
pública en infraestructura que deberán estar en armonía con las políticas y
planes de desarrollo nacional, regional y/o local, y contar con la declaratoria
de viabilidad que especifique la valorización implícita del Sistema Nacional de
Inversión Pública – SNIP.
Que con la promoción de
la participación de la inversión privada en la ejecución de los proyectos de
infraestructura, se buscará favorecer el desarrollo de nuevas fuentes de generación
de bienes, servicios y empleo, así como contribuir a mejorar la calidad de vida
de la población.
Que, según el Artículo
5° de la Ley Nº 29230, se señala que los gobiernos regionales y/o locales
realizan el proceso de selección de la empresa privada, de considerarlo
necesario, con la asistencia técnica de PROINVERSIÓN.
Que, en tal sentido, el
Artículo 6° del Decreto Supremo N° 133-2012-EF, el mismo que aprueba el Reglamento
de la Ley Nº 29230, establece que para efectos de obtener la Asistencia Técnica
de PROINVERSIÓN, en el proceso de selección bajo la modalidad de asesoría o
encargo se requerirá el acuerdo del Concejo Municipal respectivo. En ambos
casos, PROINVERSION, suscribirá los convenios de asistencia técnica respectivos
con los Gobiernos Locales.
Estando a lo
expuesto, al voto Unánime del Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de fecha
24 de Enero del 2014; siendo dispensada la lectura y aprobación del acta en
este extremo y a las facultades conferidas por la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
ACUERDA:
Artículo Primero: Priorizar el Proyecto denominado “Ampliación
del Sistema de Seguridad Ciudadana en el Distrito de Chincha Alta, Provincia de
Chincha – Ica”, con Código SNIP. Nº 219174, cuyo monto de inversión será de S/.
2´173,913.00 Nuevos Soles; para ser ejecutado en el marco de la Ley N° 29230.
Artículo Segundo:
Constituir el Comité Especial bajo los alcances de la Ley N° 29230 y su
Reglamento aprobado por D.S. 133-2012-EF, el cual dirigirá el proceso de
selección de la empresa privada que financiará y ejecutará el proyecto
previamente priorizado. El Comité Especial estará conformado por tres (3)
miembros; encargándose al señor Alcalde la designación de los mismos.
Artículo Tercero:
Solicitar la Asistencia Técnica, en la modalidad de asesoría a la Agencia de
Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION, para el proceso de Selección
de la empresa privada que financiará y ejecutará el proyecto priorizado.
Artículo Cuarto:
Facultar al señor Alcalde, para la suscripción del Convenio de Asistencia
Técnica con PROINVERSION correspondiente y de las addendas que fuesen necesarias;
así como los demás aspectos relacionados con la emisión y uso del CIPRL.
Artículo Quinto.- Encargar
a la Secretaria General, la publicación de la presente ordenanza en el Diario
Oficial, y en el Portal de la Municipalidad Provincial de Chincha www.municipalidadchincha.gob.pe.
Regístrese, comuníquese,
cúmplase y publíquese.
Lic. Lucio Juárez Ochoa
Alcalde