Chavín, 05 de diciembre del 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
CHAVIN
Vistos, el Informe N° 110-2013-MDCH-GDEL/G de
la Gerencia de Desarrollo Económico Local, mediante los cuales se propone la
convocatoria a elecciones de los representantes de las Juntas Vecinales
Comunales; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 194 de la
Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma constitucional
N° 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son
órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia, radicando esta facultad de ejercer actos de
gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento
jurídico, que es establecido por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley
Orgánica de Municipalidades N° 27972;
Que, el segundo párrafo del artículo 39 de la
Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; establece que, “El alcalde ejerce las
funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía;
Que, el artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades,
señala que: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de
aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la
correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de
orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del
concejo municipal”;
Que, el artículo segundo de la Ordenanza
Municipal N° 005-2013-MDCH que aprueba el Reglamento de Elecciones de las
Juntas Vecinales Comunales, faculta al alcalde, a dictar las medidas complementarias
necesarias, mediante Decreto de Alcaldía, para la adecuada aplicación de la citada
Ordenanza;
Que, la Gerencia de Recursos Humanos y
Servicios sociales alcanza propuesta de cronograma de elecciones de las Juntas
Vecinales Comunales, del distrito de Chavín, por lo que solicita se disponga su
convocatoria conforme a ley, y cuyo periodo de elección corresponde al
2014-2015;
Estando a lo señalado presentemente y en uso
de las atribuciones conferidas por el artículo 20 numeral 6) y 39 de la Ley
Orgánica de Municipalidades N° 27972;
SE DECRETA:
Artículo 1°.- CONVOCAR a elecciones de los Consejos
Directivos de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de Chavín, para el
día 02 de febrero del 2014, desde las 09:00 hasta la 13:00 horas.
Artículo 2°.- DESIGNESE al Comité electoral
encargado de conducir el proceso de elecciones de los Consejos Directivos de
las Juntas Vecinales Comunales, conforme al Reglamento aprobado por Ordenanza
N° 005-2013-MDCH, el mismo que estará integrado por los siguientes vecinos:
Presidente: Sr Juan Silvio Chuquispuma Peve
Secretario: Sr. Sabino Santiago Gálvez Córdova
Vocal: Sr. Segundino Benavides Quispe
Chuquispuma
Artículo 3°.- APROBAR el cronograma de
elecciones, conforme al siguiente detalle
CRONOGRAMA ELECTORAL
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Inscripción de Lista de Candidatos
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06 al 10 de enero del 2014
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Publicación de Listas Provisionales de
Candidatos
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14 de enero del 2014
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Formulación de Tachas
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15 al 17 de enero del 2014
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Resolución de Tachas
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20 al 24 de enero del 2014
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Publicación de Listas Definitivas de
Candidatos
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28 de enero del 2014
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Acto Electoral
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02 de febrero del 2014 de 09:00 – 13:00
horas
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Publicación de Resultados
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12 de febrero del 2014
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Entrega de Resoluciones de reconocimiento
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22 de febrero del 2014
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Juramentación y entrega de cargo
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01 de marzo del 2014
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Artículo 4°.- ENCARGAR el cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo precedente a la Gerencia de Administración, Gerencia
de Desarrollo Humano y Servicios Sociales, Gerencia de Desarrollo Económico Local,
y a quienes corresponda con los actos administrativos pertinentes.
Artículo 5°.- ENCARGAR a la Secretaría General
la publicación del presente Decreto de Alcaldía en los paneles de la
Municipalidad conforme a Ley, y su difusión a través de un medio de comunicación
social para su conocimiento y fines consiguientes.
ARTICULO 6°.- ENCARGAR a la Secretaría General
la notificación con el presente Decreto de Alcaldía a los interesados para su
conocimiento y fines consiguientes.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
ALFREDO F. PEÑA CASTILLON
Alcalde