Bosque de Banderas Avenida Massaro - Chincha.

Pileta Central - Plaza de Armas de Chincha

Plaza de Armas del distrito de El Carmen - Chincha.

Atardecer en la Plaza de Armas de Larán.

Plaza de Armas de Pueblo Nuevo.

miércoles, 30 de octubre de 2013

Chincha cumple hoy 30 de octubre su aniversario de creación política


Hoy miércoles, Chincha,  cumple su 145° aniversario de creación política, con este motivo la municipalidad provincial cumplió un programa especial de actividades.
En el Templo Santo Domingo de Guzmán, se ofició una Misa Te Deum y luego todas las autoridades participaron en el paseo del bicolor nacional y en el izamiento en la Plaza de Armas de Chincha Alta. La bandera Nacional y la de Chincha fueron izadas.

   Posteriormente se dirigieron a la ex Biblioteca Municipal, donde se realizó la Sesión Solemne.  El regidor Yovera, dio lectura a la Ley de creación de la provincia. En presencia de autoridades, el alcalde Provincial, Lic. Lucio Juárez Ochoa ofreció su discurso de orden .




Colegio de Periodistas del Perú realizó elecciones para renovar directorio


El domingo 27 de octubre se realizaron las elecciones del Colegio de Periodistas del Perú, para elegir al Decano Nacional, su cuadro dirigencial como a los directorios de los Consejos Regionales del país.
Para el proceso electoral en la Región Ica participaron dos listas, la N° 1 del Lic. Luis Ferreyra Gonzales y la N° 2 presidida por el Dr. Cruces Hernández Guerra.
Se establecieron dos mesas de votación. Una en la sede del Consejo Regional  y la otra mesa en la Asociación de Empleados de Chincha, petición que fue hecha por el c. Abraham Quispe, con el fin de dar facilidades a los periodistas colegiados de esta provincia y no estén viajando a Ica.
El Comité Electoral Regional estuvo presidido por el Dr. Max Castro Quimper y el Comité Electoral de Chincha presidido por la c. Priscila Cecilia Godoy Cabrejos de Ica, y los colegas, Blanca Gonzales Crisóstomo y Walter Ajalcriña Alache de Chincha.
La votación en esta provincia se cerró a las 2.00 de la tarde, siendo el resultado parcial, 06 votos para la Lista N° 1 y 12 votos para la Lista N° 2. El resultado general de la votación a nivel de región fue de 26 votos para la Lista N° 1 y 51 votos para la Lista N° 2, solo hubo un voto en blanco.
Al término del escrutinio, el presidente del comité Electoral Regional Dr. Max Castro Quimper, dio el resultado de este proceso, proclamando al Dr. Cruces Hernández Guerra como nuevo Decano del Consejo Regional de Ica, y a su directorio.
No ha sido fijada la fecha de la juramentación, pues la primera coordinación la sosten-drán este jueves en la sede regional del Consejo regional de Ica.
El nuevo Directorio del Consejo Regional del Colegio de Periodistas- Ica, está integrado por:
Decano: Cruces José Her-nández Guerra,
Primer Vicedecano: Abraham Quispe Lévano,
Segundo Vicedecano: Liliana Flores Chávez.
Director Secretario: Susana Rosario Jaime Pérez,
Director de Economía y Finanzas: Américo Aquije Purilla,
Director de Actividades Profesionales y Culturales: Lucy Otilia Caro Gutiérrez,
Director de Asuntos Mutualistas y Sociales: Ricardo Marco Antonio Palomino Lévano,
Director de Publicaciones y Relaciones Públicas: Rosario Huayanca Zapata,
Director de Biblioteca: José Rolando Torres Espinoza

y Delegado ante el Consejo Nacional CPP: Raúl Córdova Tupayachi


A través del teléfono, extorsionador sorprende a familia: Chincha


Mayúscula sorpresa se llevó ayer martes (5.30 p.m.) el señor Rolando Tuesta Encinas (62), al ingresar a su hogar y encontrar a su esposa presa de los nervios y con lágrimas incontenibles en los ojos, comunicándose, a través de su teléfono fijo, con un extraño personaje que le indicaba, persuasivamente, que su hijo estaba involucrado en un homicidio.
En ese sorpresivo diálogo que sostenía la ama de casa con el desconocido, que se identificó como comandante de la Policía Nacional, éste le indicó que su vástago, en circunstancia que regresaba de jugar fútbol, había sido asaltado en el trayecto por unos delincuentes.
I, que en esa circunstancia el joven (hijo) en su defensa, cogió una piedra y le arrojó a los asaltantes, con tan mala suerte que ese proyectil (piedra) llegó a impactar en la cabeza de una pequeña niña que dejó de existir en el acto.
“Este problema se puede solucionar antes que sea tarde”, le aseguró el presunto oficial, agregando a la vez que tenía que hacerle entrega de 5,000 nuevos soles, con lo cual dejaría en libertad a su hijo que había sido detenido.
Además de esta “posibilidad” expuesta, el presunto efectivo alcanzó datos relacionados a su familia y número telefónicos para su comunicación.

Posteriormente, todo este embrollo y dudas surgidas en la familia agraviada se logró despejar cuando en ese instante hace su ingreso a su domicilio el hijo que supuestamente tenía problema por homicidio. 

Expresaron Reconocimiento a chinchano por el Premio Adex A la Excelencia Exportadora


La Asociación de Exportadores-ADEX, entregó recientemente a nuestro  comprovinciano Víctor Manuel Matta Curotto, el Premio ADEX a la Excelencia Exportadora   en mérito a su exitosa labor empresarial.

Por recibir esa alta distinción la única en el país, el Club Internacional, ofreció el viernes 25 de octubre una ceremonia de reconocimiento a su asociado Vitalicio, Víctor Matta Curotto, acto que fue bien concurrido.


Municipalidad Provincial de Chincha ACUERDO DE CONCEJO N° 022-2013-MPCH



Chincha Alta, 23 de Octubre del  2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
POR CUANTO:
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22 de octubre del 2013; el Informe N° 06-2013-Meta 39 PIM/MPCH, de fecha 21 de Octubre del 2013, del Encargado de la Meta 39 del Plan de Incentivos para la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del Año 2013, sobre IMPLEMENTACIÓN PROGRAMA DE PROMOCION DE LA ACTIVIDAD FISICA EN ESPACIOS PUBLICOS “CICLOVIDA RECREATIVA 2013 - CHINCHA SALUDABLE”.
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el Artículo Único de la Ley N° 28607, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipales Nº 27972, establece que “Las Municipalidades Provinciales y Distritales como órganos de Gobierno Local, tienen autonomía política, económica y administrativa  en los asuntos  de su competencia”.
Que, el Artículo 41º, de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece que “Los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”.
Que mediante Decreto Supremo N° 002-2013­EF, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de Enero del 2013, se aprobó los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del Año 2013.
Que, a través de la Resolución Directoral N° 005-2013-EF/50.01 de fecha 19 de Marzo del 2013, se aprobó los Instructivos para el cumplimiento de las metas en el marco del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el año 2013, correspondientes a las Metas 24 al 52, cuya fecha de vencimiento es el 31 de Diciembre del año 2013; como es el caso del Instructivo para la Meta 39: “Implementar Programa de Promoción de la Actividad Física en Espacios Públicos”, a cumplir al 31 de Diciembre del 2013, de cuyo Anexo 02 se desprende que esta entidad deberá elaborar y aprobar un Acuerdo de Concejo que indique la implementación de la ciclovida recreativa, señalando la ubicación de la misma y las fechas en las cuales se instalara.
Que, a fin de cumplir con el objetivo acotado en el párrafo precedente se aprueba el instructivo correspondiente a la Meta 39: IMPLEMENTACIÓN PROGRAMA DE PROMOCION DE LA ACTIVIDAD FISICA EN ESPACIOS PUBLICOS “CICLOVIDA RECREATIVA 2013 - CHINCHA SALUDABLE”, la misma que se implementara en un espacio público sea avenida o calle principal de la jurisdicción, cerrada temporalmente al acceso de vehículos motorizados por un promedio de cinco (05) horas, en una extensión de dos (02) a mas kilómetros con un mínimo de diez (10) domingos al año, permitiendo que la comunidad se apropie y disfrute de estos espacios fortaleciendo con los valores de convivencia ciudadana y de cohesión social.
Que, por Resolución N° 1031-2013-A/MPCH, de fecha 18 de Setiembre del 2013, se conforma el Equipo de Trabajo, de la Municipalidad Provincial de Chincha, para el cumplimiento de la Meta 39 denominada IMPLEMENTACIÓN PROGRAMA DE PROMOCION DE LA ACTIVIDAD FISICA EN ESPACIOS PUBLICOS.
Que, mediante Informe N° 06-2013-Meta 39 PIM/MPCH, del vistos se propone la IMPLEMENTACIÓN PROGRAMA DE PROMOCION DE LA ACTIVIDAD FISICA EN ESPACIOS PUBLICOS “CICLOVIDA RECREATIVA 2013 - CHINCHA SALUDABLE”, en aplicación al Plan de Incentivos y Modernización Municipal del año 2013, indicando las fechas a ejecutar y las rutas a emplearse; solicitando se somete al Pleno del Concejo la aprobación de la implementación de la Ciclovida Recreativa 2013 – Chincha Saludable.
Estando a lo expuesto, al voto unánime del Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria del 22 de Octubre del 2013 y siendo exonerada en este extremo la aprobación del Acta y a las facultades conferidas por la Ley  N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.
ACUERDA:
Artículo Primero: Aprobar la IMPLEMENTACIÓN PROGRAMA DE PROMOCION DE LA ACTIVIDAD FISICA EN ESPACIOS PUBLICOS “CICLOVIDA RECREATIVA 2013 - CHINCHA SALUDABLE”, en aplicación al “Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del 2013”, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2013­EF, determinándose las siguientes fechas de ejecución y vías para el recorrido del circuito:


FECHAS
MES
DIAS
 Octubre
27
 Noviembre
03, 10, 17 y 24
 Diciembre
01, 08, 15, 22 y 29


VIAS
 Av. Arenales
Toda la vía desde Cruz Blanca.
  Av. Bom Bom Coronado
Hasta llegar al Jr. Andrés Avelino Cáceres.
  Jr. Andrés Avelino Cáceres
(Una vía) Hasta llegar a la Av. San Martín.
  Av. San Martín
Hasta llegar a la Calle Colón.
 Calle Colón
Hasta llegar a la Plaza de Armas.

Artículo Segundo: Encargar a la Gerencia de Acondicionamiento y División de Transportes y Seguridad Vial, la Elaboración del Plan de Desvíos, además realizar las coordinaciones con la Policía Nacional del Distrito de Chincha Alta y Empresas de Transporte de Servicio Público.
Artículo Tercero: Encargar al Equipo de Trabajo de la Meta 39 del Plan de Incentivos para la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del Año 2013, el fiel cumplimiento del presente acuerdo.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial y en el Portal de la Municipalidad Provincial de Chincha www.municipalidadchincha.gob.pe.

POR TANTO:
Mando se registre, comuníquese, publíquese y cúmplase.

Lic. Lucio Juárez Ochoa

Alcalde

Universidad Inca Garcilaso de la Vega, Filial Chincha entregó donación a OMAPED - Pueblo Nuevo: Chincha


Una importante donación consistente en paquetes de pañales para niños, jóvenes y adultos hizo la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, Filial de Chincha a la Oficina Municipal de Apoyo a las Personas Discapacitadas (OMAPED) de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo en Chincha.
La entrega a nombre de esta universidad, la hizo la Dra. Carmen Oliva Corrales, Coordinadora Académica, siendo recibida por OMAPED, representada por el Profesor, Carlos Alberto Pozo Pacheco. Con esta donación se atenderá a unas 30 personas con discapacidad.
En esta ceremonia las palabras de bienvenida estuvieron a cargo  de la Sra. María Saria Antón de OMAPED, quien saludó la presencia de la Dra. Carmen Oliva, representante de la UIGV filial de Chincha.
Por su parte, la Dra. Carmen Oliva felicitó a OMAPED de Pueblo Nuevo, por su organización, manifestándole que la entrega que hacía, era un sencillo aporte de los alumnos de  la universidad, dentro de su programa social.

El Profesor Carlos Alberto Pozo Pacheco a nombre de OMAPED - Pueblo Nuevo, expresó su agradecimiento a la Universidad, por esta generosa acción de bien social que hace la Filial de este centro superior de estudios.


Por fiesta de Chincha se realizó el II Concurso de pachamanca


En el campo ferial ubicado en los Dos Puentes,  jurisdicción de Chincha Alta, se realizó el domingo último el III concurso de pachamanca, potaje tradicional de la zona de basta aceptación.
Dicho potaje fue declarado hace unos años, como Patrimonio Cultural de la Nación por el Instituto Nacional de Cultura. Es preparado a base de carne de carnero, colocado en  pozas de tierra cubiertas con hojas de plátano; se prepara en artesana-les hornos que se cubre la carne con queso, habas, camote y choclo.


Hoy Chincha celebra su 145° aniversario de creación política


Simpáticas damitas, representantes de los diversos distritos de la provincia de Chincha, participaron el  viernes 25 de octubre en la elección de las soberanas de Chincha, acto que se realizó en la Plaza de Armas de Chincha  Alta.
  Fue una de las actividades principales que organizó la Municipalidad Provincial de Chincha, que preside el alcalde Lic. Lucio Juárez Ochoa a través de la  Comisión de Reinado, dentro de la programación festiva por el 145° aniversario de creación política de Chincha.
Fue ungida como Srta. Chincha 2013, Fabiola Giuliana Montalva Cartagena, representante del distrito El Carmen; Srta. Turismo: Patricia Eliana  Machiavello Maúrtua representante de la I.E. Andrés Avelino Cáceres de Chincha Alta y como Srta. Simpatía, Perla Maricielo Herrera Saldaña, quien representa a El 5 VIP.

Este año se eligió a través de las redes sociales, a la Srta. Facebook, saliendo elegida, Paloma Alejandra Céspedes Buenaño, representante de la Universidad San Juan Bautista.







Club Internacional ofreció reconocimiento a Víctor Matta por haber recibido Premio ADEX a la Excelencia Exportadora


El viernes 25 de octubre, el Club Internacional de Chincha, ofreció una ceremonia especial de reconocimiento a su Asociado Vitalicio, Víctor Manuel Matta Curotto, por haber recibido el Premio nacional, ADEX a la Excelencia Exportadora.
La ceremonia fue presidida por el señor Alejandro Jordán Velit y se llevó a cabo en el Hotel Casa Andina Classic Chincha Sausal, acto que contó con la asistencia de la Junta directiva y asociados del Club, sus familiares,  integrantes de su Promoción Pardina 1969 y de un numeroso público que colmó las instalaciones del auditorio.
Las palabras de bienvenida y semblanza del Sr. Víctor Matta, estuvo a cargo del asociado Vitalicio Abraham Quispe. El discurso de orden a cargo del presidente del Club Internacional, Alejandro Jordán Velit.
En emotivas palabras, Víctor Matta agradeció este homenaje, narrando pasajes de su vida estudiantil y del inicio y avance del trabajo en sus empresas.
 El primer regidor de la Comuna Provincial, Ing.  Cesar Carranza Falla, al usar de la palabra resaltó la trayectoria empresarial, sus logros y el beneficio que representa al país al obtener este galardón en el rubro de exportación a nivel nacional.

Posteriormente se ofreció un brindis y las fotos del recuerdo.






Municipalidad Provincial de Chincha DECRETO DE ALCALDIA N° 003-2013-A/MPCH


Chincha Alta, 29 de Octubre del 2013
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú, en sus artículos 194º y 195º señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política y administrativa en los asuntos de su competencia , siendo competentes para organizar, reglamentar y administrar los servicios  públicos locales de su responsabilidad.
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece la organización, competencia y funciones de los gobiernos locales dentro de su jurisdicción, señalando en el art. 81º, numerales 1.1 y 1.6, establecen  que la municipalidades provinciales  son competentes para normar y regular el servicio público de transporte terrestre urbano e interurbano de su jurisdicción, de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia; asimismo son competentes para normar, regular y controlar la circulación de vehículos menores motorizados o no motorizados, tales como taxis, moto taxis, triciclos y otros de similar naturaleza.
Que, mediante Ordenanza Nº 005-2013-MPCH, la Municipalidad Provincial de Chincha, Declaró Zona Rígida para el Estacionamiento Vehicular las 24 Horas del Día el perímetro de la Av. Oscar R. Benavides y Prohíbe: Los Paraderos de las Empresas de Transporte de Servicio Público de Pasajeros, la Circulación de Vehículos de Servicio Interprovincial de Pasajeros, así como   de Carga Pesada (Camiones, Volquetes, Tráiler y otros Similares), la Circulación de Vehículos de las Empresas de Transporte Público de Pasajeros  (Microbuses, Colectivos, Taxis y Moto taxis), de Igual Forma el Comercio Ambulatorio y Estacionario por dicha Avenida.
Que, el Artículo Cuarto de la Ordenanza Nº 005-2013-MPCH, dispone: Facúltese al Alcalde Provincial a emitir los Decretos de Alcaldía, Resoluciones y/o Disposiciones que sean necesarias para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza
Que, mediante el Informe Nº 605-DTTSV-MPCH, de fecha 23-10-2013 el encargado de la División de Transporte Tránsito y Seguridad Vial, señala que en la actualidad no se viene cumpliendo  lo dispuesto en la Ordenanza Nº 005-2013-MPCH, constatándose que a diario vehículos de servicio público y particulares,  estacionan sus unidades en plena Av. Oscar R. Benavides. Que,  por la misma continúan circulando libremente los vehículos de servicio público, que en las Calles adyacentes a dicha avenida, se ubican vehículos de empresas de transporte publico quienes Mantienen Como Paradero Incluso el Crucero Peatonal, esto a la altura de la intersección con la Calle Túpac Amaru, frente al Mercado de Abastos;  de igual manera en  la Calle Arica frente a la Plazuela Bolognesi. Complementando su informe da a conocer que continúan permaneciendo los vendedores informales en dicha avenida, desacatando lo dispuesto en  dicha Ordenanza, por lo que, resulta necesario dictar medidas complementarias Reglamentando dicha norma a fin de que se establezcan parámetros para su eficaz cumplimiento, adjuntando  para ello el Proyecto del “REGLAMENTO QUE REGULA EL TRANSITO EN LA AV. OSCAR R. BENAVIDES DE LA PROVINCIA DE CHINCHA”.
Que, el art. 20º, Inc. 6), de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades refiere: son atribuciones del Alcalde, Dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldía con sujeción a las Leyes y Ordenanzas. 
Estando a las consideraciones expuestas, la Opinión favorable  de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Acondicionamiento Territorial y Gerencia Municipal y en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972.
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR, el Proyecto del “Reglamento que Regula el Transito en la Av. Oscar R. Benavides de la Provincia de Chincha”, el mismo que cuenta con 04 Capítulos, 18 artículos, 01 Disposición Complementaria Final y Un Anexo “Cuadro de Infracciones y Sanciones que Reglamenta la Ordenanza Nº 005-2013-MPCH”.
ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR, el “Cuadro de Infracciones y Sanciones que Reglamenta la Ordenanza Nº 005-2013-MPCH”, OTORGÁNDOLE FACULTADES a la Policía Nacional del Perú asignado al Control de Tránsito para su aplicación de las sanciones y cumplimiento.
ARTICULO TERCERO.- PROHIBIR,  el estacionamiento de todo tipo de vehículos que realizan el Servicio Público de Pasajeros en las intersecciones de las Calles adyacentes a la Av. Mariscal Benavides, como: Calle Arica, Calle Chachapoyas, Calle Túpac Amaru, Calle Caquetá, Calle Mariscal Castilla y  Calle Callao. Disponiéndose que los vehículos infractores sean internados en el Depósito Municipal de Vehículos (D.M.V).
ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER, que el incumplimiento a lo establecido en el presente Decreto de Alcaldía, será sancionado con Multas y Medidas Preventivas establecidas en la Ordenanza Nº 10-2011-MPCH, el Cuadro de Infracciones y Sanciones que reglamenta la Ordenanza Nº 005-2013-MPCH, y las disposiciones legales y municipales vigentes.
ARTÍCULO QUINTO.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Acondicionamiento Territorial, la División de Tránsito Transporte y Seguridad Vial, la División de la Policía Municipal y la Policía Nacional del Perú, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. 
ARTÍCULO SEXTO.- ENCARGAR  a la Secretaría General la publicación de la presente norma en el Diario Oficial, la misma que entrará en vigencia al siguiente día de su publicación.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
Lic. Lucio Juárea Ochoa
Alcalde

REGLAMENTO QUE REGULA EL TRANSITO EN LA AVENIDA OSCAR R. BENAVIDES DE LA PROVINCIA DE CHINCHA.
CAPITULO I
OBJETO, ALCANCE Y DEFINICIONES.
ARTICULO 1º
Habiéndose emitido la Ordenanza Municipal Nº 005-2013-MPCH publicado en fecha 27 de marzo del 2013, se ha creído por conveniente aplicar el Artículo 4to de la misma que prescribe:  facúltese al Alcalde Provincial a emitir los Decretos de Alcaldía, Resoluciones y/o disposiciones que sean necesarias para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza,  regulándose lo concerniente al uso de la Av. Oscar R. Benavides,  dictándose su respectivo reglamento que establezca a partir de la fecha los parámetros y condiciones que deben aplicarse.
ARTICULO 2º OBJETO.
El presente Reglamento tiene por objeto regular el tránsito, prohibir los paraderos de las empresas de transporte de servicio público de pasajeros, prohibir  la circulación de vehículos de transporte público de pasajeros, unidades de servicio interprovincial de pasajeros, el tránsito de camiones, volquetes, tráiler y otros similares,  el Comercio Ambulatorio y Estacionario en todas sus modalidades, en la Avenida Benavides, desde la intersección de la Carretera Panamericana Sur  con la Calle Rene García Castellano, hasta la Plaza de Armas de la ciudad.
Artículo 3º ALCANCE.
El presente Reglamento para efectos de estacionamiento alcanza a todo tipo de vehículos sean motorizados y no motorizados y sean particulares y de servicio público y para la circulación alcanza a los vehículos de transporte público de pasajeros, unidades de servicio interprovincial de pasajeros, el tránsito de camiones, volquetes, tráiler y otros similares,  en el tramo comprendido desde la intersección de la Carretera Panamericana Sur  con la Calle Rene García Castellano, hasta la Plaza de Armas de la ciudad; así mismo alcanza a todas las personas que se dedican a la venta de todo tipo de producto y ejercitan la práctica del comercio ambulatorio y estacionario en dicho tramo.
Artículo 4º DEFINICIONES.
Para efecto de la aplicación de las disposiciones contenidas en el presente Reglamento, se entiende por:
Acción de Control.- Intervención que realiza la Policía Nacional del Perú y la Municipalidad Provincial de Chincha, quienes tienen facultades de supervisión, fiscalización y control, a fin de dar estricto cumplimiento a las disposiciones del presente Reglamento y sus normas modificatorias.
Acta de Control.- Documento elaborado por personal autorizado de la Municipalidad Provincial de Chincha – División de Transporte y Seguridad Vial;  en la que se haga constar los resultados de la acción de control.
Condiciones de Operación de Vehículos Menores.- No  están autorizados los conductores de vehículos menores para circular por la Av. Mariscal Benavides.(Tramo comprendido en la Ordenanza Nº 05-2013-MPCH), por considerarse que existen en las vías alimentadoras y en los cruces a dicha avenida,  rutas o servicios que exceden en gran dimensión  la demanda del mercado.
Incumplimiento.- Se considera incumplimiento, a la inobservancia o contravención de las disposiciones de circulación y estacionamiento de vehículos  en  Zona Rígida y la práctica del comercio ambulatorio  en la Av. Oscar R. Benavides. 
Personal Municipal de Transporte.- Persona autorizada por la Municipalidad Provincial de Chincha, para la realización de acciones de control, supervisión y detección de incumplimiento o infracciones a las normas municipales sobre tránsito y transporte dentro de su jurisdicción.
Ordenanza.- Se refiere a la Ordenanza Nº 005-2013-MPCH, que prohíbe en la Av. Oscar R. Benavides la circulación de todo tipo de vehículos que prestan el  servicio público de pasajeros,  y el Servicio Interprovincial de pasajeros, prohíbe los paraderos de las empresas de transporte público,  el estacionamiento de todo tipo de vehículos y prohíbe el comercio ambulatorio y estacionario en todas sus modalidades.
Procedimiento Sancionador.- Procedimiento administrativo que tiene como objetivo determinar la existencia de incumplimiento o la trasgresión a las normas municipales.
Señal de Transito.- Dispositivo, signo o demarcación, tocado por la autoridad competente con el objeto de regular, advertir o encauzar el tránsito.
Zona Rígida.- Extensión de la Av. Oscar R. Benavides desde la intersección de la Carretera Panamericana Sur con la Calle García Castellano, hasta la Plaza de Armas de la ciudad, en la que se prohíbe todo tipo de paradero de empresas de transporte público de pasajeros, la circulación de los Ómnibus de Transporte interprovincial, todo tipo de vehículos de carga pesada y similares.
CAPITULO II
DE LAS DISPOSICIONES
Artículo 5º.- Se prohíbe en la Av. Oscar R. Benavides (tramo considerado en el artículo segundo),  lo siguiente:
5.1.- La Circulación de todo tipo de vehículos que prestan el servicio de transporte público de pasajeros como: Mototaxis, Taxis, Colectivos, Combis y  Microbuses, Omnibuses que prestan el servicio Interprovincial de Pasajeros, Vehículos de Carga pesada como camiones, volquetes, tráiler y otros similares.
5.2.- Los Paraderos de todo tipo de vehículos que prestan el servicio de transporte público de pasajeros.
5.3.- El Estacionamiento de todo tipo de vehículos, sean motorizado y no motorizados y sean particulares o de servicio públicos.
5.4.- El Comercio Ambulatorio y Estacionario en todas sus modalidades.
Artículo 6º.- Se establece el horario de carga y descarga de productos y/o mercaderías en la Av. Oscar R. Benavides, la misma que será a partir de las 22.00 horas hasta las 06.00 del siguiente día, de lunes a domingo, incluyéndose los feriados y  sin costo alguno. De manera excepcional, los conductores de vehículos de transporte pesado y mercancías pueden realizar sus labores de carga y descarga de productos y/o  mercaderías en la Av. Benavides inclusive en el Mercado de Abastos de Chincha, previa autorización de la División de Transporte y Seguridad Vial, previo Visto Bueno de la Guía de Remisión y cumplimiento de los requisitos establecidos en el TUPA.
Artículo 7º.- De manera excepcional, los conductores de vehículos de transporte pesado y mercancías pueden realizar sus labores de carga y descarga de productos y/o  mercaderías en la Av. Benavides, inclusive en el Mercado de Abastos de Chincha, con un PERMISO ESPECIAL solo dentro del horario antes indicados de 22:00 a 06:00 del día siguiente, otorgado por  la División de Transporte y Seguridad Vial, previo Visto Bueno a la Guía de Remisión;  siempre y  cuando el interesado cumpla con los requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA.
Artículo 8º.- Para acceder al Permiso Especial que se describe en el artículo precedente, se procederá a la calificación vehicular tal y como lo prescribe el Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado por el D.S. Nº 058-2003-MTC:
Categoría N.- Vehículos automotores de cuatro ruedas o más diseñados y construidos para el transporte de mercancías y/o productos.
a).- N1.- Vehículos de peso bruto de 3.5 toneladas  a menos.
b).- N2.- Vehículos de peso bruto de 3.5 toneladas  hasta 12 toneladas.
C.- N3.-  Vehículos de peso bruto mayor de 12 toneladas.
Categoría O.- Vehículos automotores de cuatro ruedas o más diseñadas y construidos para el transporte de mercaderías y/o productos.
Artículo 9º.- Las zonas de acceso restringido para los vehículos de las categorías señalados en el artículo precedente, serán los siguientes:
a).- Para los vehículos de la categoría N3 y O4, estos solo podrán descargar sus mercaderías y/o productos en el horario nocturno establecido, no procediendo para ellos el Permiso Especial; circularan por la vía de la autopista de la panamericana sur, siempre que no describa en la Guía de Remisión con destino a la Provincia de Chincha, caso contrario se deberá de adecuar a lo normado en el presente Decreto de Alcaldía.
b).- Los vehículos de las categorías N1, N2 O1, O2 Y O3, solo tendrán acceso a la Zona Urbana de nuestra provincia previo PERMISO ESPECIAL emitido por la División de Transporte y Seguridad Vial.
C).- La División de Transporte y Seguridad Vial, autorizara excepcionalmente con permisos especiales  el acceso de vehículos de las categorías  N1, N2 O1, O2 Y O3, a la zona urbana de nuestra provincia; los permisos para los vehículos de las categorías N3 y N4 será previa revisión y constatación de la Guía de Remisión.
Exceptúese, de las restricciones a que se refiere el artículo 8º, a los vehículos de Servicio Municipal de recolección de residuos sólidos.
Artículo 10º.- Para realizar la carga y descarga de productos y mercaderías en la Av. Mariscal Benavides, se procederá con sujeción  a las siguientes disposiciones:
a).- Deberá de realizarse sin ocasionar peligros ni perturbaciones graves al tránsito de otros usuarios.
b).- Se respetaran las disposiciones sobre sentidos del tránsito,  paradas y estacionamientos.
c).- Los vehículos deberán ser estacionados en el lugar señalado en el permiso especial y en la forma más idónea para el rápido cumplimiento de su objetivo.
d).- Se efectuarán por el lado del vehículo más próximo a la calzada.
e).- Se efectuarán ininterrumpidamente con los medios suficientes para conseguir la máxima celeridad.
f).- Se procurará evitar ruidos y molestias innecesarias.
g).- Queda prohibido depositar los productos y o mercaderías en la calzada, arcén y zonas peatonales, quedando obligados a dejar en perfecto estado de limpieza el lugar.
h).- Las operaciones de carga y descarga de productos y/o mercaderías molestias, nocivas o peligrosas, así como las que entrañen especialidades en su manejo o estivas, se regirán además por las disposiciones específicas que regulan la materia.
i).-  Los conductores no podrán ausentarse de sus vehículos, siendo responsables de las interrupciones del tránsito vehicular y peatonal  que se produzcan al no encontrarse para  realizar las maniobras correspondientes.
CAPITULO III
DE LAS AUTORIZACIONES Y SANCIONES.
Artículo 11º.- La  División de Transporte y Seguridad Vial, confeccionara los formatos de Autorización Especial y estará facultada para otorgar los mismos a los vehículos que realizan la carga y descarga de productos y/o mercaderías en la Av. Mariscal Benavides,  ciñéndose al D.S. 058-2003-MTC. Reglamento Nacional de Vehículos.
Artículo 12º.- El importe de las multas por infraccione estarán referidas en porcentaje al valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente a la fecha de la comisión de la infracción.
Artículo 13º.- Las sanciones se aplicarán a la persona autorizada y solidariamente tanto al propietario del vehículo como al conductor, de acuerdo a la naturaleza de la infracción. Cuando la sanción se aplique al conductor, será responsable solidario la persona autorizada  o el propietario del vehículo.
Artículo 14º.- En caso que la autoridad administrativa, al intervenir  detecte un vehículo de transporte de carga y/o vehículo de transporte público de pasajeros, se procederá a aplicar la sanción correspondiente a la de mayor gravedad, solo será acumulable las multas en los casos de agresión verbal  o física a la autoridad administrativa municipal o policial.
Artículo 15º.- En caso que la autoridad administrativa, detecte la prestación del servicio de carga en vehículo particular, sin autorización o con vehículos no autorizados, la sanción se aplicara directamente al propietario del vehículo
Artículo 16º.- La Cobranza Coactiva de las multas impuestas por incumplimiento a las disposiciones de la presente ordenanza, se sujetara a los procedimientos de Ejecución Coactiva.
Artículo 17º.- Considérese Infracción al Tránsito a la acción u omisión que contravenga las disposiciones contenidas en el presente Reglamento, debidamente tipificada en los Cuadros de Tipificación, Sanciones y Medidas Preventivas aplicables a las Infracciones al Transito dentro de nuestra Provincia, que como Anexos forma parte del presente Reglamento y que se califican como MUY GRAVES Y GRAVES. Asimismo  las Infracciones tipificadas en la Tabla de Multas, Infracciones y Sanciones al  Tránsito consideradas en el D.S. Nº 016-2009-MTC, y sus modificatorias: (M21, M22, G7,  G8, G40, G41, G46, G47, G54, G56, G57). 
Artículo 18º.- El Procedimiento de las Sanciones para la aplicación del presente Reglamento, es el ya establecido en el D.S. Nº 016-2009-MTC, Reglamento Nacional de Tránsito y sus modificatorias,  la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y el D.S. Nº 055-2010-MTC, Reglamento Nacional de Transporte Publico Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados o no Motorizados.
CAPITULO IV.
DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL.
PRIMERA.- Queda completamente prohibido el estacionamiento de todo tipo de vehículos que realizan el Servicio Público de Pasajeros en las intersecciones de las Calles adyacentes a la Av. Mariscal Benavides, como: Calle Arica, Calle Chachapoyas, Calle Túpac Amaru, Calle Caquetá, Calle Mariscal Castilla y  Calle Callao. Los vehículos infractores serán internados en el Depósito Municipal de Vehículos (D.M.V).
ANEXO Nº 1
CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DEL REGLAMENTO DE LA ORDENANZA  MUNICIPAL Nº 005-2013-MPCH.
4

COD.
INFRACCION
CALIFICACION
SANCION
ACCESORIA
RESPONSABLE
Z-01
Estacionarse y utilizar como paradero las calles adyacentes a la Av. Mariscal Benavides.
Muy Grave
5 % UIT
Suspensión del servicio por 15 días.
Internamiento del vehículo en el DMV.
Conductor y/o Empresa o persona autorizada (solidaria)
Z-02
No respetar las señales verticales y horizontales de tránsito en la Av. Mariscal Benavides.
Muy Grave
5 % UIT
Suspensión del servicio por 30 días.
Internamiento del vehículo en el DMV.
Persona autorizada y/o conductor.
Z-03
Por estacionarse en Zona rígida en la Av. Mariscal Benavides, estando prohibido
Muy Grave
5 % UIT
Suspensión del servicio por 30 días.
Persona autorizada, propietario y/o conductor.
Z-04

Por obstaculizar el tránsito vehicular.
Muy Grave
5 % UIT
Internamiento del vehículo en el DMV.
Persona autorizada y/o propietario
Z-05
Abandonar el vehículo en la vía pública – tramo de la Av. Mariscal Benavides.
Muy Grave
5 % UIT
Suspensión del servicio por 15 días.
Internamiento del vehículo en el DMV.
Persona autorizada y/o conductor.
Z-06
Circular por la Av. Mariscal Benavides siendo vehículo de transporte público y estando prohibido.
Grave
4 % UIT
Suspensión del servicio por 15 días.
Persona autorizada y/o conductor.
Z-07
Realizar la carga o descarga de productos o mercaderías en horario prohibido y sin autorización municipal.
Grave
4 % UIT
Suspensión del servicio por 15 días.
Internamiento del vehículo en el DMV.
Persona autorizada, propietario y/o conductor
Z-08
Agredir verbal o físicamente a la autoridad municipal o policial
Grave
4 % UIT
Internamiento de vehículo en el DMV.
Persona autorizada y/o conductor
Z-09
No colaborar con las acciones de control, desacatando disposiciones al personal de control de tránsito o transporte.
Grave
4 % UIT
Internamiento del vehículo en el DMV.
Persona autorizada, propietario y/o conductor
Z-10
Por ejercer el comercio ambulatorio o estacionario en el perímetro o en la vereda de la Av. Mariscal Benavides
Muy Grave
5 % UIT
Retención de la mercadería.
Propietario
Z-11
Por incumplir las disposiciones  y prohibiciones de la Ordenanza Nº 005-2013-MPCH
Muy grave
5 % UIT
Suspensión  del certificado y/o TUC por 30 días.
Internamiento del vehículo en el DMV
Empresa Autorizada, conductor
Z-12
Por obstruir con su mercadería el paso de los peatones y/o la visibilidad de los conductores.
Muy Grave
5 % UIT
Retención de la mercadería.
Propietario
Z-13
Por utilizar espacios destinados al estacionamiento de vehículos.
Muy Grave
5 % UIT
Retención de la mercadería.
Propietario
Z-14
Por impedir el libre acceso a la propiedad privada.
Muy Grave
5 % UIT
Retención de la mercadería.
Propietario
Z-15
Por ubicar su mercadería cerca de tomas de agua, estaciones eléctricas, accesos, cruceros peatonales, señalizadores u otros similares.
Muy Grave
5 % UIT
Retención de la mercadería.
Propietario


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