Bosque de Banderas Avenida Massaro - Chincha.

Pileta Central - Plaza de Armas de Chincha

Plaza de Armas del distrito de El Carmen - Chincha.

Atardecer en la Plaza de Armas de Larán.

Plaza de Armas de Pueblo Nuevo.

miércoles, 2 de octubre de 2013

Párroco de Chincha ofreció informes sobre Festividad del Señor Crucificado


Importantes informes sobre la festividad del Señor Crucificado de Chincha, ofreció al periodismo la mañana de hoy, el Párroco del templo Santo Domingo de Guzmán, Mons. Santiago Calle Santos.
Al tratarse de la festividad del Patrón de la provincia: el Señor Crucificado, como la Clausura del Año de la Fe, el Párroco Santiago Calle, invitó a las autoridades de esta provincia, acto al que asistieron el gobernador Provincial, Lic. Luis García Castilla, los representantes de la PNP y de SEMAPACH, el Párroco del Templo Cristo Rey y regidores del Municipio Distrital de Pueblo Nuevo.

El Párroco Santiago, luego de informar sobre la Programación que se inicia el miércoles 9, invitó al periodismo a que haga preguntas sobre estas festividades las que fueron absueltas ampliamente.


Patrullaje PNP detuvo a presuntos comercializadores de droga: Chincha


En su patrullaje de rutina, del último domingo (11:30 p.m.), personal PNP de Patrullaje Motorizado, a cargo del mayor PNP Omar Gómez Espinoza, intervino a las personas identificadas como Alexander Jesús Sebastián Apolaya (22) y a César Javier Chico Avalos (20), por encontrarse presuntamente involucrados en la micro comercialización de estupefacientes.  La intervención se produjo en la segunda cuadra de la calle Santo Domingo, en Chincha Alta.
 La policía al efectuar el registro personal al primero de los citados, se le halló una bolsita de polietileno, conteniendo en su interior hierba seca de marihuana (cannabis sativa), así como envoltorios tipo ketes de clorhidrato de cocaína.
A la otra persona, también en actitud sospechosa, se le requisó igualmente dos bolsitas de polietileno conteniendo al parecer marihuana.
Ambos sujetos fueron trasladados a la jefatura de División de la Policía Nacional Chincha, para las investigaciones correspondientes. 

Coordinación entre comerciantes y MPCH por limpieza general


Con varios días de anticipación se proyectó la limpieza pública en los alrededores del mercado central de Chincha Alta hasta la calle Chachapoyas, labor en que realizaron el personal del Municipio Provincial de Chincha y la Federación de Comerciantes que preside Elmer Martínez P.
Algunos comerciantes se resistían a cerrar sus puestos de venta de comestibles como carne de pollo, mientras se realizaban la limpieza, por lo que la Policía Municipal tenía que amenazarlas con requisarle sus productos. 



Por intentar frustrar robo, obrero fue baleado en las piernas: Chincha


Personal de Serenazgo de la Municipalidad de Chincha del turno noche, auxilió y trasladó la madrugada de hoy miércoles (4:50 a.m.) al Hospital San José de Chincha, a la persona identificada como Jorge Luis Loza Uribe (31), por presentar heridas de balas en ambas piernas.
La infortunada víctima, que fue hallado en un lugar descampado y solitario del asentamiento humano Túpac Amaru Zona A – Chincha, explicó que fue atacado sorpresivamente por dos sujetos que se desplazaban a bordo de una moto lineal color negro, sin placa de rodaje, con la intención al parecer, de robarle sus pertenencias.
Y él, al pretender frustrar el robo, luego de forcejear con los  desconocidos, recibió tres im-pactos de balas en sus extremidades inferiores: dos en la pierna izquierda y otro en la derecha.
Tras el asalto, los jóvenes fugaron en el vehículo menor que circulaban con dirección desconocida.
El paciente que a esa hora caminaba con dirección a su centro de trabajo, fue asistido en el servicio de Emergencia de ese hospital, por el Dr. Percy Torres Martínez quien diagnosticó “herida por proyectil de ar-ma de fuego en ambas piernas”, disponiendo el internamiento para su observación. 

Municipalidad Provincial de Chincha ORDENANZA N° 016-2013-MPCH


Chincha Alta, 26 de Setiembre del 2013
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA
POR CUANTO:
 El Concejo Provincial de Chincha en Sesión Ordinaria  de Concejo de fecha  22 de Julio del 2013;
VISTO:
El Informe N° 2298-2012-GAT/MPCH, de la Gerencia de Acondicionamiento Territorial, Informe Nº 0201-2012-DTTSV/MPCH, de la División de Transporte y Seguridad Vial y el Informe Legal N° 1749-2012-GAJ/MPCH, de la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Chincha, sobre aprobación de la Ordenanza que Crea el Depósito Municipal de Vehículos (DMV) de la Municipalidad Provincial de Chincha y Regula y Reglamenta su Régimen de Administración.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 27680, concordante con el articulo II del Título Preliminar de Ia Ley Nº 27972, Ley orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que por mandato imperativo del Artículo 195° inciso 5 de nuestra Carta Magna, igualmente modificada por la Ley N° 27680 y concordante con lo establecido en el Articulo IV del título preliminar y Artículo 9°, inciso 29 de la ley N° 27972, los Gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local, la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo y son competentes en otros aspectos para organizar, reglamentar y administrar los servicios públicos de su responsabilidad, dentro de Ia circunscripción de su jurisdicción.
Que, de conformidad a lo preceptuado en el artículo 81° numeral 1) de Ia Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y concordante con lo establecido en el artículo 17° de Ia Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito y el artículo 5° del Decreto Supremo N° 016-2009-MTC - Reglamento Nacional de Transito -Código de Transito, entre otros, son funciones específicas exclusivas de las Municipalidades Provinciales en materia de tránsito, vialidad y transporte público, las de normar, regular y planificar el transporte terrestre a nivel provincial, así como las de normar, regular, organizar y mantener los sistemas de señalización y semáforos y regular el transito urbano de peatones y vehículos en la Provincia.
Que el artículo 46° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades referida a las sanciones, establece que las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, las cuales podrán ser las de multa, suspensión de autorizaciones o licencias, internamiento de vehículos, entre otros; para cuyo efecto la municipalidad respectiva o el ejecutor coactivo correspondiente podrán solicitar el apoyo de la Policía Nacional del Perú, quien bajo responsabilidad, está en la obligación de prestar su apoyo en el cumplimiento de las sanciones que se impongan.
Que, la Municipalidad Provincial de Chincha, es la autoridad administrativa competente para normar, organizar, reglamentar el funcionamiento del Depósito Municipal de Vehículos (DMV) en su jurisdicción, de conformidad con lo dispuesto en el  Decreto  Supremo  N°  016-2009 - MTC - Reglamento Nacional de Transito -  Código  de  Transito,  el  mismo  que  guarda relación con lo establecido para el caso en la Ley N° 27181-Ley General de Transporte y tránsito.
Que, es necesario precisar que el Decreto Supremo N° 016-2009-MTC - Reglamento Nacional de Transito - Código de Transito, regula el uso de las vías públicas terrestre, aplicables a los desplazamientos de las personas, vehículos y animales, así como a las actividades vinculadas con el transporte y al medio ambiente, en cuanto se relacionen con el tránsito, estableciendo como medida preventiva el internamiento del vehículo en el Depósito Municipal, cuando este no reúna las condiciones mínimas para circular entorpezca el tránsito o atente contra la seguridad de los demás usuarios de Ia vía.
Que, la norma glosada en el considerando que antecede define como Depósito Municipal, al local autorizado para el internamiento de vehículos provisto de equipamiento y seguridad, estableciendo que Ia persona natural o jurídica encargada de la administración del depósito es el responsable del vehículo en calidad de depositario, en tanto permanezca en sus instalaciones y debe cumplir con lo establecido en las disposiciones sobre el depósito del Código Civil; no existiendo sin embargo un dispositivo legal que regule su operatividad y funcionamiento de manera específica.
Que, el Concejo Municipal, cumple su función normativa, entre otros mecanismos a través de Ordenanzas de conformidad con lo estipulado en los artículos 39° y 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las cuales tienen rango de Ley, en virtud a previsto en el Artículo 200º inciso 4, de la Constitución Política del Estado.
Que, siendo una facultad exclusiva y excluyente de las Municipalidades administrar los Depósitos Municipales de Vehículos y no existiendo normativa alguna que reglamente el funcionamiento y operatividad de estos, se hace necesario expedir una Ordenanza Municipal que establezca las pautas y procedimientos para una eficaz y eficiente administración del Depósito Municipal de la Municipalidad Provincial de Chincha, el mismo que debe concordar con las disposiciones que para dicho efecto se establecen en el Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley N° 26979, Ley de Ejecución Coactiva, Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Legislativo N° 776, Ley de Tributación Municipal, Decreto Supremo N° 016-2009-MTC-Reglamento Nacional de Transito-Código de Transito y Decreto Supremo N° 017-2009-MTC, Reglamento Nacional de Administración del Transporte; en Sesión Ordinaria de fecha 22 de Julio del 2013, el Concejo Municipal, por voto mayoritario y con la dispensa de la aprobación del Acta, aprobó la siguiente Ordenanza Municipal y el Reglamento que regula la Administración del Depósito Municipal de Vehículos de Ia Provincia de Chincha que consta de cuatro (04) Títulos, quince (15) Artículos, seis (06) Disposiciones Finales y seis (6)Anexos, que forman parte integrante de la presente Ordenanza:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE CREA EL DEPÓSITO MUNICIPAL DE VEHICULOS - (DMV) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHINCHA Y REGULA Y REGLAMENTA SU REGIMEN DE ADMINISTRACION.
TÍTULO I
Artículo 1º.- OBJETIVO
EI presente Reglamento tiene como objetivo regular Ia Operación y Funcionamiento del Depósito Municipal, el procedimiento de Internamiento y Liberación de Vehículos motorizados y no motorizados de la provincia de Chincha; como una sanción adicional a la aplicación de la papeleta de infracción que se origina por el incumplimiento al Código de Transito- Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Transito -D.S. N° 016-2009-MTC., en su Cuadro de Tipificación, Multas y Medidas Preventivas Aplicables a las Infracciones al Tránsito Terrestre, garantizando el cumplimiento de los requisitos para el servicio y las condiciones de seguridad y calidad y beneficio de los usuarios.
TÍTULO II
Artículo 2°.- BASE LEGAL
El presente Reglamento se ampara en los siguientes dispositivos legales:
a)   Constitución Política del Perú, inciso 4) del Art.192.
b)  Ley N° 271 81 del Transporte y Tránsito Terrestre.
c)   Decreto Supremo N° 016-2009-MTC - Texto Único Ordenando del Reglamento Nacional de Transito - Código de Transito.
d)  Decreto Supremo N° 017-2009-MTC - Reglamento Nacional de Administración de Transporte.
e)   Ley N° 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, inciso d) numeral 2.2 del Artículo 73, numeral 3.2) del Art.81.
f)    Ley N° 27189-Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores.
g)   Decreto Supremo N° 055-2010-MTC - Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores.
TITULO Ill
Artículo 3°.- DEFINICIONES
Para los efectos del presente reglamento se entenderá por:
a)   Depósito Municipal de Vehículos (DMV): Local autorizado por Ia Municipalidad Provincial de Chincha (En adelante el DEPÓSITO), para el internamiento y custodia de vehículos, dispuesto por Ia autoridad competente, provisto de equipamiento y seguridad de acuerdo con Ias normas legales vigentes.
b)  Detención del vehículo: Acto de inmovilización del vehículo por Ia Policía Nacional del Perú, quien podrá hacerlo con el apoyo del Inspector Municipal de Tránsito, procediendo al internamiento del vehículo en el depósito municipal de ser el caso.
c)   Internamiento del Vehículo: Ingreso del vehículo al Deposito Municipalidad como consecuencia de Ia aplicación de Ia sanción y/o papeleta aplicada por Ia Policía Nacional del Perú o dispuesto por autoridad competente.
d)  Liberación del Vehículo: Salida del vehículo del Depósito Municipal, cumpliendo con las exigencias establecidas en el presente Reglamento.
e)   Inspector Municipal de Transporte: Personal asignado al control del tránsito por la autoridad Municipalidad.
f)    Administrador del Depósito Municipal: Personal asignado para dirigir el funcionamiento del depósito municipal.
g)   Guardianía: Servicio de vigilancia y custodia de los vehículos internados en el Depósito Municipal.
h)  Remolque de vehículo: Servicio mediante el cual un vehículo municipal o asignado por parte de la Municipalidad, traslada o lleva por tierra a un vehículo que no se encuentra operativo para trasladarse por sí mismo yb se encuentre estacionado en una zona rígida.
i)    Policía Nacional del Perú: Entiéndase como el personal policial, asignado al control de tránsito, el mismo que está autorizado a imponer las Papeletas de Infracción al RGT y al control del tránsito vehicular y peatonal, así como al internamiento de vehículos al Depósito Municipal de Vehículos.
TÍTULO IV
Artículo 4°.- ALCANCE
La presente Ordenanza establece las disposiciones normativas generales de regulación y reglamento del Depósito Municipal de Vehículos - (DMV) en la Provincia de Chincha, sobre la que ejerce jurisdicción exclusiva la Municipalidad Provincial de Chincha a través de la División de Transporte y Seguridad Vial.
En armonía con las disposiciones contenidas en la presente ordenanza Municipal se dictarán los Decretos y Resoluciones de Alcaldía correspondientes que complementen, desarrollen o modifiquen Ia misma según sea el caso; autorizando al Alcalde la expedición de los citados dispositivos municipales.
Artículo 5°.- AMBITO DE APLICACIÓN
Se encuentran inmersos en los alcances de Ia presente Ordenanza los vehículos que circulan en la Provincia de Chincha e infrinjan los reglamentos y dispositivos que regulan el tránsito y transporte urbano e interurbano de la jurisdicción territorial.
De igual forma se encuentran dentro del ámbito de aplicación de Ia presente ordenanza los vehículos que infrinjan Ias normas nacionales al tránsito y transporte terrestre, Ias ordenanzas o decretos de alcaIdía expedidos por Ia Municipalidad Provincial de Chincha, al amparo de Ia normatividad vigente y todos los vehículos automotores que por mandato del ejecutor coactivo, requieran ser internados en el DEPÓSITO de Ia Municipalidad Provincial de Chincha.
Los vehículos que se encuentren en los supuestos establecidos en el párrafo anterior podrán ser internados por autoridad competente en el DEPÓSITO, cuyos administradores se encuentran facultados para prestar los servicios de guardianía y remolque de vehículos con grúas, de conformidad con el procedimiento establecido para el caso en Ia legislación sobre Ia materia.
De igual forma, podrán ser internados en el DEPÓSITO, los vehículos que ordene el poder judicial, el Ministerio Público, Ias Comisarías de Ia Provincia y otras entidades competentes de diferente jurisdicción.
El traslado del vehículo será efectuado por cuenta y costo del propietario y/o conductor, en caso que Ia Municipalidad realice el gasto por el traslado o remolque, será asumido por el propietario y/o conductor.
Para efectos de Ia liberación de los vehículos, los propietarios o infractores deberán previamente gestionar Ia correspondiente orden de libertad del vehículo ante Ia administración del DEPOSITO, debiendo para dicho efecto cumplir con el procedimiento administrativo establecido para el caso, adjuntado Ia documentación requerida y realizar el pago correspondiente a Ia multa que motivo su internamiento, así como Ia cancelación de Ia tasa por los servicios de guardianía y grúa, debidamente establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA.
Artículo 6°.- SUJETOS PASIVOS
Son sujetos pasivos de Ias tasas de guardianía, remolque vehicular (grúa), orden de internamiento y orden de libertad, según corresponda, los propietarios o titulares de los vehículos internados en el DEPÓSITO, por los montos adeudados por estos conceptos a la Municipalidad Provincial de Chincha o al concesionario, de ser el caso.
Artículo 7°.- TASAS
Las tasas constituyen el hecho imponible a Ia prestación exclusiva por parte del DEPOSITO por los conceptos de orden de libertad, servicio de guardianía y remolque de vehículos con grúas, internados de acuerdo a los porcentajes y requisitos establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos — TUPA, que deberá ser aprobado por el Concejo de Ia Municipalidad Provincial de Chincha, los mismos que se detallan a continuación:
A.- DERECHO DE ORDEN DE LIBERTAD:
PRESENTACIÓN DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN EN EL DEPÓSITO
DERECHO % U.I.T POR LIBERACION DEL VEHICULO
1.   Solicitud dirigida al Jefe de la División de Transporte y Seguridad vial.
1.5%

  

  
2.   Copia del Acta de internamiento y del Acta de Situación del vehículo.
3.   Comprobante de pago por la Papeleta de infracción.
4.   Constancia de Gravamen vehicular de Chincha.
5.   Certificado de Gravamen Policial (orden judicial).
6.   Copia de tarjeta de propiedad.
7.   Carta poder legalizada para representantes.
8.   Declaración Jurada de responsabilidad vehicular con firma legalizada (para el caso de persona distinta del propietario
9.   Copia del SOAT
10.                                                  Cancelación de los servicios de guardianía y/o remolque por grúa.
11.                                                  Copia del Comprobante de pago por orden de libertad.
12.                                                  Copia de la Resolución que declare fundado el recurso impugnativo presentado cuando sea el caso
13.                                                  Original y copia del Oficio o documento del Juzgado, Fiscalía, Ejecutor Coactivo que dispone la liberación.
14.                                                  Copia de la Liquidación por derecho de guardianía y grúa


Para poder solicitar la Orden de Libertad ante Ia División de Transporte y Seguridad Vial, el Administrador o encargado del Depósito Municipal, deberá formular Ia Liquidación de Costas por servicio de guardianía y de grúa si fuera el caso, además el Jefe de Ia División de Transporte y Seguridad Vial, verificará si existe algún otro adeudo del vehículo para que sea cancelado, luego de efectuado los pagos correspondientes y cumplida la presentación de los documentos requeridos se otorgará Ia Orden de Libertad.
B.- DERECHO DE GUARDIANIA
Derecho Por cada día calendario que se encuentre internado el vehículo en el depósito, este servicio y cobro será diario y acumulativo de acuerdo al tiempo de permanencia del vehículo en el Depósito Municipal:
PAGO DIARIO POR VEHÍCULO EN EL DEPÓSITO MUNICIPAL
CARACTERISTICAS DE LOS VEHICULOS
DERECHO % U.I.T POR CADA DIA QUE SE ENCUENTRE INTERNADO EL VEHICULO EN EL DEPOSITO
Motos, Moto Taxi, ciclomotores, bicicletas, triciclos o similares.
0.3%

  

  
Automóviles, camionetas, furgonetas con más de 500 Kg hasta 150D Kg.
0.5%

  

  
Camiones, ómnibus, semirremolque, maquinaria especial y demás vehículos con mayor tonelaje.
0.8%

  

  
 
C.- DERECHO DE REMOLQUE VEHICULAR CON GRUA:
CARACTERISTICAS DE LOS VEHICULOS
DERECHO % U.I.T POR REMOLQUE DE VEHICULO CON GRUA AL DEPOSITO
Motos, Moto Taxi, ciclomotores, bicicletas, triciclos o similares
1%
Automóviles, camionetas y vehículos automotores de hasta 3000 Kg de peso.
3.3%
Camiones, ómnibus, semirremolque, maquinaria especial y vehículos automotor con más 3000 Kg de peso
5%
Artículo 8°.- DEL INGRESO DE VEHICULOS AL DEPÓSITO
Los vehículos podrán ser internados en el DEPÓSITO por diversas situaciones previstas en Ia normatividad pertinente y/o por mandato de Ias autoridades por los siguientes casos:
1.        Infracciones al Reglamento Nacional de Transito, Reglamento Nacional de Administración de Transporte y/o otras disposiciones complementarias o conexas.
2.        Infracciones a las Ordenanzas o Decretos de Alcaldía dictados por Ia autoridad competente que conlleven la aplicación de la medida de internamiento.
3.        Por mandato del Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial de Chincha de conformidad con la legislación de la materia.
4.        Por orden del Poder Judicial o Ministerio Publico.
5.        Remitidos por las Comisarías PNP de la Provincia de Chincha.
6.        Ordenados por cualquier otra Autoridad Competente.
Por otro lado, podrán intervenir en la imposición de las Papeletas de Infracción al Reglamento Nacional de Tránsito - D.S. N° 016-2009-MTC. en su Cuadro de Tipificación, Multas y Medidas Preventivas aplicables a las infracciones al Tránsito Terrestre, el personal de la Policía Nacional del Perú, asignado al control de tránsito, quienes verificaran que los conductores, no infrinjan la norma señalada u otras normas legales en materia de tránsito y de transporte inclusive las emitidas por esta Municipalidad Provincial, asimismo el Inspector Municipal de Tránsito, verificará que Ias Empresas y/o Asociaciones de transporte de vehículos automotores cumplan con Ias disposiciones emanadas de estas normas en las facultades que se le asignen mediante acto resolutivo.
Están inmersos en este control y deberán acatar los mismos procedimientos, los Transporte de Vehículos Menores, que cometan infracciones, que conlleven a la aplicación de Ia sanción para el internamiento del vehículo en el Depósito Municipal.
Artículo 9°.- AUTORIDAD MUNICIPAL RESPONSABLE
La División de Transporte y Seguridad Vial, es la autoridad competente en materia de tránsito y transporte urbano e interurbano en Ia Provincia de Chincha y tendrá a su cargo el cumplimiento y aplicación de Ia presente Ordenanza con el apoyo del área dependiente de ella y de Ia Policía Nacional del Perú.
Artículo 10°.- COMPETENCIA DE LA DIVISION DE TRANSPORTE Y SEGURIDAD VIAL
La División de Transporte y Seguridad Vial tiene Ias siguientes atribuciones y funciones:
1.   Velar por el cumplimiento de las disposiciones nacionales y municipales en materia de tránsito y transporte urbano e interurbano.
2.   Recibir los partes o informes del personal encargado de Ia Municipalidad en los que se da cuenta de los vehículos internados en el DEPÓSITO
3.   Supervisar Ia labor del Administrador del DEPÓSITO, el que se encargara de entregar Ias Actas de Internamiento en el DEPÓSITO, asumiendo Ia retención y custodia del vehículo dispuesto por Ia autoridad competente, en calidad de depositario.
4.   Registrar y disponer Ias acciones pertinentes en cuanto a Ia operatividad del DEPÓSITO, coordinando con el Administrador del DEPÓSITO Ia expedición de Ias Ordenes de Libertad de los vehículos internados a efectos de que previa presentación de la documentación exigida y el pago de los derechos por concepto de servicio de guardianía y grúa establecida en el TUPA por parte del infractor o propietario, así como el pago de Ia correspondiente multa, y otros adeudos que pudiera tener con la Municipalidad, proceda a liberar el vehículo en forma inmediata.
5.   Gestionar previo informe sustentatorio ante Alcaldía o Gerencia Municipal, Ias Directivas que correspondan para Ia adecuada aplicación de Ia presente Ordenanza.
6.   Dar cumplimiento a Ias exoneraciones del pago de Ias tasas correspondientes debiendo para ello haberse expedido Ia Resolución respectiva.
7.   Emitir informe respecto de los Recursos impugnativos que le competen.
8.   Las demás atribuciones y funciones que se le confiera por norma Municipal expresa.
Artículo 11º.- DEL ADMINISTRADOR DEL DEPÓSITO MUNICIPAL DE VEHÍCULOS
EI encargado del Depósito Municipal de Vehículos, dependerá jerárquicamente del Jefe de Ia División de Transporte y Seguridad Vial de Ia Municipalidad Provincial de Chincha y tendrá el cargo de Administrador.
El Administrador del Depósito Municipal de Vehículos, velará para que Ia realización de su cometido se desarrolle en forma correcta y oportuna, informando a Ia Jefatura de la División de Transporte y Seguridad Vial de cualquier anomalía, problema u observación que detecte en el desempeño de sus funciones.
El encargado del depósito será el responsable de informar semanalmente el movimiento de vehículos en el Depósito al Jefe de la División de Transporte y Seguridad Vial.
EI Administrador tendrá especial cuidado y certeza de entregar los vehículos internados en el Depósito Municipal a sus propietarios o personas autorizadas para recepcionarlo, debidamente identificados y de acuerdo a lo establecido en la presente Ordenanza. Solo entregará el vehículo previa presentación de la Orden de Libertad otorgada por el Jefe de Ia División de Transporte y Seguridad Vial de la Municipalidad Provincial de Chincha.
Será responsable de formular Ia Liquidación de Costas (documento pre impreso) del Depósito Municipal de Vehículos por el servicio de guardianía y de grúa si fuera el caso.
EI Administrador o encargado del Depósito Municipal de Vehículos, llevará el registro y archivo en orden numérico y cronológico de los siguientes documentos:
a) De Actas de Internamiento.
b) De Actas de Situación de Vehículo.
c) De Orden de Libertad.
d) De Papeleta de Infracción.
e) De Liquidación de Costas por servicio de guardianía y servicio de Grúa si fuera el caso.
f)  Del servicio de traslado de vehículos (grúa).
g) Del servicio de guardianía.
h) De documentos procedentes del Ejecutor Coactivo, autoridades del Poder Judicial, del Ministerio Público o de Ia Policía Nacional del Perú, que dispongan o soliciten el internamiento o liberación del vehículo al Depósito Municipal.
I)    Otros documentos que formule o recepcione para el adecuado funcionamiento del Depósito Municipal.
El Registro de Ia información detallada líneas arriba se hará en un Libro acondicionado especialmente para que en él se consignen todos los datos requeridos para el adecuado control y ordenamiento documentario, el cual deberá tener el visto bueno de Ia Jefatura de Ia División de Transporte y Seguridad Vial por cada semana transcurrida; además esta información se llevará sistematizadamente, debiendo para ello Ia Oficina de Estadística e Informática, implementar los programas necesarios para tal efecto.
Artículo 12°.- INTERNAMIENTO DE VEHÍCULOS EN EL DEPÓSITO MUNICIPAL
Para el internamiento de vehículos en el Depósito Municipal, el Administrador o encargado tendrá en cuenta el siguiente procedimiento:
a)   Formular el Acta de Internamiento del Vehículo (Documento pre impreso) en cuadruplicado debidamente foliada, este constituirá el documento oficial de internamiento de vehículos, el original será entregado al propietario o titular del vehículo o al representante legal acreditado, una copia a Ia autoridad que solicita el internamiento, una copia como archivo para Ia Administración del Depósito y otra copia será remitida a Ia Jefatura de la División de Transporte y Seguridad Vial.
b)  Formular el Acta de Situación Vehicular del vehículo internado (Documento pre impreso), teniendo extremo cuidado en Ia verificación del estado general del vehículo, puesto que es el único responsable sobre el particular, 
Se formulará en cuatro (04) ejemplares: el original para el propietario o responsable del vehículo, una copia a Ia autoridad que solicita el internamiento, una copia como archivo para Ia Administración del Depósito y otra copia será remitida a Ia División de Transporte y Seguridad Vial.
c)   En casos de internamiento por orden del Ejecutor Coactivo, autoridad Judicial, del Ministerio Público o de la Policía Nacional del Perú, recepcionar el documento que ordena el internamiento, procediendo conforme a lo establecido en los literales a) y b) del presente artículo.
Para estos casos para retirar o entregar los vehículos, solo se hará por orden expresa y escrita de Ia misma autoridad que ordenó su internamiento y solo a Ias personas que indica el documento, salvo que dentro de sus facultades legales disponga la entrega el Poder Judicial.
d)  Cuando el internamiento se efectúa por infracción a Ias normas legales relacionadas al tránsito vehicular, se procederá de ia misma forma que en los literales a) y b) que anteceden, quedando una copia de la Papeleta de infracción para Ia Administración del Depósito.
Artículo 13°.-DE LA LIBERACIÓN DEL VEHÍCULO INTERNADO
Los vehículos para poder ser LIBERADOS, el propietario o responsable del vehículo debidamente acreditado, deberá cumplir los siguientes procedimientos:
1.   Presentar Ia SOLICITUD DE LIBERACIÓN que le será entregada al momento de efectuar el pago por derecho de libertad del vehículo, en tres (03) ejemplares: el original para el propietario o responsable acreditado del vehículo, una copia para la Administración del Depósito Municipal y la otra copia para archivo de la División de Transporte y Seguridad Vial. Esta gestión se realiza ante la División de Transporte y Seguridad Vial luego del pago por Derecho de Liberación correspondiente.
2.   Solicitar ante la Administración del Depósito Municipal, la LIQUIDACIÓN DE COSTAS, la cual se formulara en cuadruplicado, quedando una para archivo y entregando tres (03) copias: la original y dos copias al propietario o responsable acreditado del vehículo para ser presentadas en Caja de Ia Municipalidad Provincial de Chincha, al momento de su cancelación, debiendo una de ellas ser entregada cancelada en la División de Transporte y Seguridad Vial al momento de solicitar Ia Orden de Libertad.
3.   Cumplir con los requisitos señalados en el literal A del Artículo 7º del presente Titulo.
4.    A mérito de ía Solicitud de Liberación y luego de cumplidos los procedimientos que anteceden, Ia División de Tránsito Transporte y Seguridad Vial, procederá a formular Ia ORDEN DE LIBERTAD del vehículo internado, Ia misma que se emitirá en tres ejemplares. el original para el propietario o encargado debidamente acreditado del vehículo internado, una copia para la Administración del Depósito Municipal y la otra para archivo, esta última deberá ser firmada como recibida por el propietario o el encargado del vehículo.
5.   El Administrador o encargado de Ia administración del Depósito Municipal, formulará el ACTA DE ENTREGA DE VEHÍCULO, en Ia cual tendrá especial cuidado de consignar el número del Acta de Situación Vehicular; Ias que llenará en cuatro (04) ejemplares: el original para el propietario del vehículo, una copia para la autoridad que dispone la liberación de ser el caso, una copia para archivo del Depósito Municipal y Ia otra será remitida a la División de Transporte y Seguridad Vial de Ia Municipalidad Provincial de Chincha.
La Solicitud de Liberación es un documento pre impreso el que será otorgado por Ia Municipalidad Provincial de Chincha al momento de efectuar Ias gestiones de Liberación del Vehículo internado, previo pago por este derecho.
Artículo 14°.- DEL PERIODO DE PERMANENCIA DE LOS VEHICULOS INTERNADOS Y EL PROCESO DE SUBASTA PÚBLICA
Los vehículos internados por Ias causas señaladas en el Artículo 8º de la presente Ordenanza permanecerán bajo cuidado del DEPOSITO por un periodo de 60 días calendarios contados a partir del día siguiente de su internamiento, periodo en el cual el propietario o titular del vehículo deberá subsanar o levantar Ia causa que motivo su internamiento, cancelando además la correspondiente multa si fuese el caso, así como la cancelación de los servicios de guardianía y grúa brindados por el DEPOSITO.
Transcurrido el plazo establecido en el párrafo precedente sin que el vehículo haya sido retirado, Ia Administración del DEPOSITO remitirá Ia liquidación de pago actualizada por servicio de guardianía y grúa que adeudase el vehículo, con Ia finalidad de que Ia División de Transporte y Seguridad Vial, gestione Ia emisión de Ia Resolución de Determinación, notificando a Ia persona natural o jurídica que figure como propietario del mismo, según información del Registro de Propiedad Vehicular, con el objeto de que en el plazo de 20 días calendarios cumpla con cancelar Ia deuda.
De verificarse el incumplimiento de pago la División de Transporte y Seguridad Vial, solicitará su cobranza por vía coactiva a través del Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial de Chincha, conforme al procedimiento establecido en Ia Ley de la materia, pudiendo esta última decretar Ias medidas cautelares que resulten pertinentes contra el vehículo internado con Ia finalidad de asegurar el pago de Ia acreencia, para disponer posteriormente su remate mediante Subasta Pública realizado por Martillero Público.
Para efectos del remate mediante Subasta Publica el Ejecutor Coactivo de Ia Municipalidad Provincial dispondrá Ia tasación del vehículo a ser rematado, designando para el efecto a 2 peritos tasadores quienes presentaran en un plazo máximo de 5 días su dictamen, el que será puesto en conocimiento del deudor por el periodo de 3 días, en el que podrá formular observaciones. Vencido el plazo, el Ejecutor Coactivo aprueba o desaprueba Ia tasación, sujetándose su posterior actuación en la aplicación supletoria del Código Procesal Civil en lo que fuere pertinente.
En los casos que el propietario del vehículo internado adeude a Ia Municipalidad Provincial de Chincha, multas administrativas derivadas por infracciones al Reglamento Nacional de Transito o Reglamento Nacional de Administración de Transporte, cuya cobranza se encuentre en la vía coactiva, el Ejecutor Coactivo queda facultado a incorporar en la liquidación de costas del procedimiento coactivo, la liquidación efectuada por el Administrador del DEPOSITO del adeudo acumulado a Ia fecha por concepto de servicio de guardianía y grúa con la finalidad de asegurar su cancelación.
Artículo 15°.- FACULTADES REGLAMENTARIAS
Facúltese al Alcalde Provincial, para que mediante Decreto de Alcaldía, emita las normas complementarias a Ia presente Ordenanza y dicte otras medidas y beneficios orientados a la mejor administración del DEPÓSITO MUNICIPAL DE VEHICULOS DE LA PROVINCIA DE CHINCHA.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
Primera.- DERÓGUENSE todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza, debiéndose incorporar en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Chincha, los procedimientos, requisitos, derechos y tasas que se mencionan en la presente ordenanza.
Segunda.- ESTABLECER como Depósito Municipal para el internamiento de Vehículos, el inmueble ubicado en Pago de Acequia Grande, Toma de Cala con frente a la Carretera Panamericana Sur Km. 201, de Ia Provincia de Chincha, Departamento de Ica.
Tercera.- APROBAR los Formularios denominados Acta de Internamiento, Acta de Situación Vehicular, Solicitud de Liberación, Liquidación de Costas y Orden de Libertad, los mismos que, como anexos 01, 02, 03, 04, 05 y 06 forman parte integrante de Ia presente Ordenanza.
Cuarta.- ENCARGAR a la División de Transporte y Seguridad Vial, el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza.
Quinta.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial, y en el Portal de la Municipalidad Provincial de Chincha www.municipalidadchincha.gob.pe .
Sexta.- La presente Ordenanza rige a partir del día siguiente de su publicación.
POR TANTO:
Mando se registre, publique, cumpla y archive.
Lic. Lucio Juárez Ochoa
Alcalde








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