Bosque de Banderas Avenida Massaro - Chincha.

Pileta Central - Plaza de Armas de Chincha

Plaza de Armas del distrito de El Carmen - Chincha.

Atardecer en la Plaza de Armas de Larán.

Plaza de Armas de Pueblo Nuevo.

viernes, 21 de junio de 2013

Se llevaron refrigeradoras, hornos y artefactos de valor Patinadores haciendo maniobras roban artefactos de camión en marcha: Chincha


Cuando cubría la ruta Lurín – Arequipa, ´patinadores´ desconocidos hurtaron artefactos de valor que eran transportadas en el camión Volkswagen de placa de rodaje V2T-893, conducido por el chofer Arturo Ramos Quispe (36), quien estaba acompañado de su copiloto Pedro Luis Calderón Rojas (28). El robo se habría producido a unos kilómetros del peaje Chincha.
En esa ruta, aproximadamente a las 8 de la noche del sábado, un automóvil que iba también en marcha, se colocó a su lado izquierdo, maniobra que le impidió -por espacio de 10 minutos- adelantar un camión que circulaba delante del agraviado.
Luego de salvar este obstáculo, por la altura del kilómetro 196 de la Panamericana Sur, se percató que la puerta posterior del lado derecho del camión, se encontraba abierta y que el candado que existía en ese punto, había sido violentado.
Más adelante, al llegar al grifo América -ubicado en la Bajada de la Molina- estacionó su vehículo en una zona clara y apropiada, y al revisar las mercaderías que transportaba, observó que faltaban: 3 refrigeradoras marca Indurama, 45 plan-chas de vapor,  12 hornos de tres hornillas, 10 sangucheras y otros artefactos de menor cuantías.
Las pérdidas de los electrodomésticos pertenecientes a la empresa Electro Industrial SAC, fue sustentada ante la policía por la guía de remisión que portaba el chofer. 

Registro Públicos instalará oficina en Distrito de Pueblo Nuevo: Chincha


Próximamente se instalará en el distrito de Pueblo Nuevo, provincia de Chincha, una Oficina de la Zona Registral SUNARP la que tendrá la calidad de Receptora  y en donde prestará los servicios de recepción de títulos, servicios de publicidad registral, y además de los servicios que la Zona Registral considere oportuno.
Ya la Superintendencia Nacional de los Registros Público  autorizó su creación a través de la Resolución N° 145-2013, la que está firmada por el Dr. Mario Solari Zerpa, Superintendente Nacional.

Es dependiente de la Zona Registral N° XI Sede Ica.

Enfermo que padecía de epilepsia fue hallado sin vida en Chincha


A las 10 de la mañana de hoy viernes, la persona de Manuel Jesús Pachas Candela (34), fue hallado sin vida por inmediaciones de un sembrío de propiedad de sus padres, en el distrito de Grocio Prado, Chincha.
Percatadas de la ausencia del familiar que padecía de epilepsia, la familia entera, inició de inmediato su búsqueda a partir del lunes 17 en que notaron su desaparición, hasta que hoy, se
dieron con la ingrata noticia que enluta a sus allegados.
Personal policial del sector y el fiscal de turno de la provincia, Dr. Regis Gallegos Tenorio, luego de efectuar las diligencias correspondientes, autorizó el levantamiento y traslado del cadáver a la morgue de Chincha.
Los restos del extinto serán velados en su domicilio, situado en barrio San Benito, Toma de Yataco, de dicho distrito 

DEFUNCIÓN


Ayer dejó de existir en Chincha, la señora, Gaudencia Moyano Altamirano, madre del Crl. EP, (r) Carlos Grimaldi Moyano, alcalde del distrito de Sunampe, en Chincha.
El velatorio se realiza  en la Avenida Paraíso, Pasaje Los Angeles, Mz. “A” Lote 2, Lomo Largo, distrito de Sunampe y el sepelio se realizará EL DÍA mañana sábado a las 10 hrs. en el Camposanto MAFPRE de Chincha.

Nuestras sentidas condolencias a sus familiares.

Suspensión de servicio eléctrico en sectores de Chincha Alta


El próximo domingo 23 de junio habrá suspensión del suministro eléctrico en el alimentador de 10 kvPN 101 desde las 8.00 hasta las 13.00 horas, con el fin de superar deficiencias en las instalaciones de Media Tensión.
De acuerdo  a los informes de la empresa ElectroDunas, serán afectados lo siguientes sectores: primera cuadra de la calle Nicolás de Piérola, primera cuadra de la avenida Mscl. Castilla, calles Pedro Moreno, Antonio de Zela, Callao, Sucre y Diego de Almagro.
También serán afectados la avenida Mscl. Benavides, avenida Luis Massaro y la Plaza de Armas de Chincha Alta y otros sectores.

De concluirse los trabajos antes de la hora indicada se restablecerá el servicio sin previo aviso.

Dayron Farfán de “Jueves de Pavita” fue la atracción en Chincha


Nutridos aplausos y felicitaciones recibió el miércoles 19 de junio en la Plaza de Armas de Chincha Alta, Dayron Farfán Campos, uno de los protagonistas del spot publicitario “jueves de pavita” que promociona la empresa San Fernando.
Ellos actuaron en la I Feria Lúdica de materiales educativos que realizó la UGEL de esta localidad, en la Plaza de Armas.
  Fue presentado Dayro con sus familiares y amiguitos quienes bailaron tal como lo hacen en la citada promoción publicitaria.
Dayro es sobrino de Jefferson Farfán (la foquita) de la selección nacional de Futbol, tiene solo 4 años es natural del distrito de El Carmen, y con esta publicidad, es conocido en todo el mundo, por su gracia y habilidad en el baile afro.

La publicidad de “jueves de pavita”, fue hecha por la Agencia Circus para Juan Carlos Gómez de la Torre, Director creativo de Circus, por encargo de San Fernando que debe estar aumentando sus ventas dada la acogida del citado “boom” publicitario.


FE de ERRATA


En el Comunicado del Directorio de Corporación Frutícola de Chincha S.A.C., publicado en el Diario Verdad del Pueblo Edición N° 16,219 de fecha jueves 20 de junio del  2,013, Página 4, por un error involuntario se consignó lo siguiente:
En el primer párrafo:
Dice: /…./ hasta el 01 de julio del 2013 /…./
Debe decir: /.../ hasta el 21 de julio del 2013 /.../
En la sección Monto,   único cuadrilátero
Dice: /…/ 13,280 acciones/…/

Debe decir: /…/ 132,800 acciones /…/

FERNANDO SALVADOR FERRERO COSTA

Presidente del Directorio

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE ICA


SALA SUPERIOR PENAL LIQUIDADORA
TRANSITORIA DE PISCO
AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA
(SEGUNDO TRIMESTRE 2013)
El señor Secretario de la Sala Superior Penal Liquidadora Transitoria de Pisco cumple con poner en conocimiento de los señores Abogados litigantes y público en general que la AUDIENCIA PUBLICA EXTRAORDINARIA correspondiente al segundo  trimestre (abril – junio) del año en curso, se llevará a cabo el día  05 de julio del 2013 a las 12:00pm., cuyo acto se realizará en la Sala de Audiencias de la Sala Superior Penal Liquidadora de Pisco (sito en la calle Perez Figuerola No. 140 – Pisco), a efectos de que puedan realizar las quejas o reclamos que crean por conveniente. Ello en cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Ley No. 25476, Resolución Administrativa No. 008-2011-SP-CS-PJ, y la Resolución Administrativa No. 100-2013-P-CSJI/PJ.
Pisco, 18 de junio del 2013
Julio Eyver Valencia Merino
Secretario (e)
Corte Superior de Justicia de Ica

Sala Penal Liquidadora Transitoria de Pisco

Le robaron dinero y le sacaron su casa de cuero que llevaba puesta PNP de Pueblo Nuevo detiene a 2 presuntos autores de asalto y robo a peatón: Chincha


La oportuna intervención de personal de la comisaría de Pueblo Nuevo, a cargo del My. PNP Abelardo Solís Macedo, permitió la detención de 2 sujetos presuntamente implicados en asalto y robo del martes último, a Mario Ángel Ipanaqué Aranguren (39) a quien le despojaron de su billetera, DNI, tarjetas de crédito, 300 S/., sacándole también su casaca de cuero que llevaba puesta, cuando éste caminaba por la Urb. León de Vivero de ese distrito.
Eran tres los sujetos autores del asalto y robo a mano armada quienes se desplazaban en una mototaxi color rojo, conducida por un cuarto sujeto.
Con las características dadas por el agraviado, la PNP puso en acción un operativo por los puntos críticos de la jurisdicción, advirtiendo por la 7ma. cuadra del jirón Arica, -altura del Puesto de Salud- la presencia de la mototaxi, de placa C6-5958 en la que se encontraban dos sujetos sospechosos.

Los intervenidos fueron identificadas como Anthony Alejandro Arteaga García (20) y Juan Alexander Zambrano Villacorta (18), quienes fueron reconocidos como los presuntos autores del ilícito penal.  

Doctor Iván Sequeiros Vargas visitó Juzgados de la Molina - Cieneguilla


El Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, doctor Iván Sequeiros Vargas recorrió a los juzgados de la Molina - Cieneguilla, ubicados en tres locales. La visita la realizó junto a la magistrada de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura - Odecma, doctora Gissele Cuzma Cáceres con quien verificó las instalaciones donde laboran jueces y personal jurisdiccional.
El doctor Sequeiros Vargas destacó la importancia de que los jueces y trabajadores ofrezcan un buen trato cuando acudan los usuarios a las dependencias judiciales, por ello pidió a mejorar la atención a los litigantes que diariamente llegan a las sedes para conocer el estado de sus procesos.
También corroboró la estadística de la producción de las resoluciones y sentencias en cada uno de los juzgados. A su vez  los magistrados argumentaron que hay dificultades con la red del sistema informático. En este sentido, el doctor Sequeiros Vargas tomó nota de la situación para ser corregida en el más breve tiempo.
La autoridad judicial visitó el 1°, 2° y 3° Juzgado de Paz Letrado, Juzgado de Familia y  Juzgado Mixto Transitorio ubicados en la calle Meteorólogos 120, Ecónomos 111  y Constructores 336.
Lima, 18 de  junio de 2013

Oficina de Prensa e Imagen Institucional – Corte Superior de Justicia de Lima  



“Servicio Militar Obligatorio”


Todos los ciudadanos del mundo estamos obligados a querer a nuestra Patria.
Sin embargo, necesario es precisar que el cariño a la Patria se puede demostrar de diferentes maneras, siendo la fundamental  entre ellas, el conducirnos con responsabilidad y honradez en todos los actos de nuestras vidas. Uno de ellos puede ser también, prestando el Servicio Militar que nunca me pude explicar por qué se llama “obligatorio” si todos los peruanos no están obligados a cumplirlo.  Desde hacen muchos años, se hablaba ya del “servicio militar obligatorio” y, como es natural, a casi nadie le gusta o está de acuerdo con lo que es “obligatorio”. Llegan también a mi memoria las temporadas de “Leva”, que era el acto que efectuaba la policía, deteniendo a todos aquellos que habían salido sorteados  para “servir a la Patria” o no se habían inscrito. A estos últimos,  se les detenía como Omisos a la Inscripción y luego empezaban los ajetreos: los suertudos tenían padrinos y los ricos plata para salvarse de tan terrible pesadilla y, al final, sólo servían los Quispe, los Mamani, los Sayritupac etc. Y los que no tenían padrinos.
 Recuerdo también a los jóvenes que, ilusionados con lo que es la Milicia y, no teniendo opción de nada en la vida, se presentaban como “Voluntarios” a dicho servicio y, al poco tiempo se escapaban y quedaban convertidos en desertores. Los que se quedaban, al cumplir los dos años, salían horrorizados por las condiciones de vida que ahí se daban y no querían volver jamás.
Algunos años después, cuando me encontraba alfabetizando a los niños de Pioscobamba, una comunidad andina de Andahuaylas, tuve el infortunio de presenciar la “leva” en nuestra serranía y sentí  indignación y repulsa al ver a nuestros jóvenes serranitos, que eran transportados en fila, amarrados de las muñecas en una cuerda que era tirada por un caballo que estaba montado por un Policía que iba acompañado de otros montados cada uno en caballos o mulas. El espectáculo era deprimente. Ellos no tenían la posibilidad de un Abogado que los defienda y logre que los exoneren de esa obligación. No tenían un Médico que les diagnosticara sordera, miopía o pie plano como si podían hacer los de la costa. Tampoco tenían dinero para darle al Policía para que los soltase en el camino.
Ahora, a más de cincuenta años de esos recuerdos, con una decisión arbitraria y descabellada, se pretendió implantar nuevamente este “Servicio Obligatorio” y que debía reclutarse a 12,500 jóvenes que naturalmente, serían los que no estaban en condición de comprar su exclusión. Felizmente, el Defensor del Pueblo, en una actitud que lo califica como ejemplar y que lo hará recordar por mucho tiempo, acudió a la instancia que corresponde y, los Magistrados del Primer Juzgado Constitucional han amparado su iniciativa y han resuelto lo que debían resolver ya que este Decreto que fue firmado por el Presidente Humala era y es totalmente discriminatorio porque al final, sólo serían reclutados los que no tienen el dinero para pagar su exoneración. Falló Señor Presidente y falló porque su D.S. N° 1146, no se aplicará por imperio de la Justicia y porque ese es el sentir popular representado por casi todas las instituciones  y por el ciudadano de a pie.
No me imagino a quién se le pudo ocurrir semejante despropósito pero, tenga cuidado Sr. Presidente, porque los que lo están asesorando, lo están asesorando mal y tal vez lo hagan creer que es Ud. Es omnipotente y puede hacer lo que se le ocurra. Eso es falso Sr. Presidente; lo único que están logrando sus Asesores caviares (izquierdistas reciclados que les gusta vivir con todos los lujos) es desconectarlo de la realidad y eso, es peligroso para Ud., para su Gobierno y para todos los peruanos.
Pese a todo lo expuesto, estamos de acuerdo con que, nuestro ejército esté renovándose permanentemente y que esté preparando a nuestros jóvenes no sólo para la defensa de la Patria en épocas de guerra sino para defenderla en tiempo de paz, y no con armas sino con nuestro desempeño como buenos ciudadanos.
Estoy seguro y considero necesario que, el Servicio Militar sea en forma voluntaria y que ofrezca a nuestros jóvenes, incentivos y posibilidades de orientar sus vidas. Para ello, considero que se haga lo siguiente:
Primero.- Hay que REORGANIZAR debidamente a nuestras Fuerzas Armadas, eliminando las irregularidades que se denuncian constantemente sobre casos de corrupción y abuso con nuestros jóvenes soldados quienes ni siquiera tienen un rancho “comida” recomendable. De vez en cuando, deben quedarse los Oficiales y sentarse en la misma mesa con sus soldados para departir con ellos la misma comida. Se deben desterrar los actos de corrupción en todos los niveles para que los civiles no sólo quieran a sus Fuerzas Armadas y Policiales sino que las admiren y las respeten.
Segundo.- Hay que hacer atractivo el Ejército. Hay que procurar que los jóvenes peruanos que no tienen posibilidades de estudio o de trabajo, se enrolen a las Fuerzas Armadas donde el Estado debe brindarles carreras técnicas como: construcción civil, computación, conducción de vehículos (incluyendo sus respectivas Licencias o Brevetes), personal de seguridad para abastecer con ellos los programas de Serenazgo y de Seguridad Ciudadana, etc.
Tercero.- Si se pretende hacer obligatorio y mediante “Sorteo” como era antes, que se haga. Pero que sirvan todos los que salgan sorteados y no sólo los que no tengan para pagar su “multa” o tengan un padrino que pueda salvarlos.
Cuarto.- Podría empezarse por restablecer los cursos de Educación Cívica y de Instrucción Pre Militar en nuestros centros educativos con la finalidad de sembrar en nuestros jóvenes los Valores y la Disciplina que se han perdido  hasta casi desaparecer.

COL. P.P –Ica 046

José Castro Silva

Municipalidad Distrital de Alto Larán


ORDENANZA N° 012 - 2013 - MDAL
Alto Laràn,  03 de Junio de  2013.
El Concejo Municipal de la Municipalidad del Distrito de Alto Laràn;
POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha  28 de Mayo de 2013, ha aprobado por unanimidad la siguiente:
ORDENANZA QUE REGULA EL REGIMEN JURIDICO DE CANES
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTICULO 1°.-La presente Ordenanza, tiene por objeto establecer el régimen jurídico que regulará la crianza, adiestramiento, comercialización, tenencia y transferencia de canes; especialmente considerados peligrosos, dentro de la jurisdicción del Distrito de Alto Laràn,  con la finalidad de salvaguardar la integridad, salud y tranquilidad de las personas; quedando exceptuados los canes utilizados por las fuerzas armadas, policía nacional o empresas autorizadas para la prestación de servicios privados de seguridad, que se regularán por sus disposiciones especiales.
ARTICULO 2°.-La presente Ordenanza, se sustenta en las siguientes bases legales:
Articulo 22° de la Constitución Política del Perú.
Articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972.
Articulo 1° de la Ley que Regula el Régimen Jurídico de Canes N° 27596.
TITULO II
DEL REGIMEN DE CANES.
ARTICULO 3°.-La Municipalidad Distrital de Alto Laràn, llevará el Registro de Canes de la jurisdicción en el que se especificará lo siguiente:
Características físicas de identificación del Can.
Identificación del propietario o poseedor del Can.
Domicilio.
Antecedentes Veterinarios.
Identificación de la raza y sus condiciones peligrosas.
Antecedentes de incidentes de agresión.
Certificado de Sanidad, expedido por autoridad competente, que será renovado anualmente.
ARTICULO 4°.-Todo Can portará la identificación que se otorga en el Registro, que contendrá: datos personales del propietario, nombre y raza de animal y fecha de nacimiento. El Registro de Canes es completamente gratuito.
ARTICULO 5°.-La hoja registral del Can, se cierra con la muerte del animal, del cual hará conocimiento el propietario o poseedor del mismo.
TITULO III
DE LAS PROHIBICIONES-REQUISITOS-DEBERES  DE PROPIETARIOS O POSEEDORES DE CANES.
ARTICULO 6°.-Queda prohibido a partir de la vigencia de la presente Ley:
La organización y realización de peleas de canes, sea en lugares públicos o privados.
El adiestramiento de canes dirigido exclusivamente a acrecentar y reforzar su agresividad, excepto lo realizado con fines deportivos.
El ingreso de canes potencialmente peligrosos a locales de espectáculos públicos, deportivos, culturales o cualquier otra en donde haya asistencia masiva de personas, excluidos los canes guías de personas con discapacidad y los que se encuentran al servicio del serenazgo municipal, policía nacional o fuerzas armadas.
ARTICULO 7°.-Para ser propietario o poseedor de canes considerados peligrosos, se requiere:
Ser mayor de edad y gozar de capacidad de ejercicio.
Acreditar aptitud psicológica mediante certificado o constancia expedido por Psicologo-Colegiado.
No haber sido sancionado en los tres (3) últimos años, por posesión o tenencia de canes considerados potencialmente peligrosos.
ARTICULO 8°.-Son deberes de los propietarios o poseedores de canes, los siguientes:
Identificar y registrar los canes que sean de su propiedad, tenencia o custodia.
Obtener la licencia respectiva.
Conducir por cualquier lugar público, a los canes, con correas que aseguren su control.
Mantener a los canes bajo condiciones de seguridad para evitar daños a terceros.
Inscribir y tramitar la licencia de crías que tengan sus canes.
ARTICULO 9°.-Independientemente de las sanciones administrativas a que haya lugar, son responsabilidades de propietarios o poseedores de canes, los siguientes:
El dueño del can que ocasione lesiones graves a una persona, está obligado a cubrir el costo total de la hospitalización, medicamentes y cirugía reconstructivas hasta su recuperación total, sin perjuicio de la indemnización por daños y perjuicios.
Asumir el costo que demande el restablecimiento de una animal, cuyas lesiones graves sean ocasionados por el Can. En caso de fallecimiento del animal, asumirá la indemnización que determine el órgano o autoridad competente.
TITULO IV
DEL REGIMEN DE INFRACCIONES Y SANCIONES.
ARTICULO 10°.-Las infracciones serán sancionados en la forma que sigue:
Se consideran infracciones leves las siguientes:
No inscribir en el registro municipal a los canes.
Incumplir los requisitos establecidos para ser propietario o posesionario de un can, considerado potencialmente peligroso.
Sanción: Una (1) multa equivalente a S/. 180.00.
Se consideran infracciones graves los siguientes:
Conducir un can por la via publica, sin identificación, sin bozal o sin correa según el caso y potencialmente peligroso.
No contar con licencia.
No presentar anualmente al registro municipal el certificado de sanidad animal.
Sanción: Una (1) multa de S/. 360.00.
Se consideran infracciones muy graves, los siguientes:
Participar, organizar, promover o difundir peleas de canes.
Adiestrar  o entrenar canes para pelea o para acrecentar o reforzar su agresividad.
Abandonar canes potencialmente peligrosos.
Abrir y/o conducir centros de adiestramiento o criaderos sin requisitos de Ley.
ARTICULO 11°.-Los Canes, materia de infracción serán retenidos en tanto no se pague la sanción, y se subsanen las causas que generaron dicha infracción.
TITULO V
DEL SACRIFICIO DE CANES.
ARTICULO 12°.-Serán sacrificados los Canes que:
Hayan causado daños físicos graves a la muerte de personas o animales.
Hayan participado en peleas organizadas clandestinamente.
Hayan sido recogidos por la Municipalidad, y en un plazo de treinta (30) días calendario, nadie solicite su retiro y/o haya sido imposible incorporarlo a la sociedad.
ARTICULO 13°.-El sacrificio del Can, se realizará previa cuarentena, para descartar enfermedades transmisibles al hombre.
ARTICULO 14°.-Están exceptuados de sacrificios, los Canes que hayan actuado en defensa de la integridad física de su propietario, poseedor o tercero, de la integridad de la propiedad privada o en su propia defensa.
DISPOSICION FINAL.
La presente Ordenanza, tendrá vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario encargado de los avisos judiciales de la Provincia de Chincha.
POR TANTO:
Registre, Comuníquese y Cúmplase.
Ana M. Sotteccani Altamirano

Alcaldesa
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